El Subsidio Maternal es un beneficio que entrega un monto de dinero que se paga en reemplazo de la renta de la trabajadora o trabajador siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley y que cuenten con derecho a licencia médica.

¿Qué es el Subsidio Maternal?

Como se mencionó anteriormente este es un beneficio que entrega una cantidad de dinero en reemplazo a la renta para los trabajadores o trabajadoras, dependientes y independientes, que tengan derecho a licencia médica y cumplan los siguientes requisitos:

  • Prenatal y prenatal suplementario.
  • Postnatal y postnatal prolongado.
  • Postnatal parental.
  • Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.

Para las trabajadoras dependientes del sector público o privado que cuenten con:

  • Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día del inicio de la licencia.
  • Tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha del inicio de la licencia médica.
  • Contrato de trabajo vigente.

Para las trabajadoras independientes voluntarias que tengan:

  • 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.
  • Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se comenzó la licencia.
  • Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se empiece la licencia médica.

¿Cómo puedo postular al beneficio para las madres?

Para poder postular se necesita tener derecho a licencia médica y al Subsidio Maternal que trabajen de forma dependiente deberán gestionar la licencia en papel a través de su empleador o electrónicamente, aquellos que trabajen en forma independiente tendrán que hacerlo mediante su isapre o COMPIN si es que se encuentran afiliados a Fonasa.

En cuánto al monto de subsidio este no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales. Por lo que los montos serían:

  • Ingreso mínimo para fines no remuneracionales (a partir del 1 de mayo de 2021): $217.226.
  • 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $108.613.
  • Trigésima (30) parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $3.620 (monto mínimo del subsidio).

Es importante destacar que el subsidio se paga por día, desde el primer día si la licencia médica es superior a 10 días o desde el cuarto día si esta fuera igual o inferior a 10 días, por ejemplo:

  • Licencia de tres días: no se paga.
  • Licencia de cuatro días: se paga un día.
  • Licencia de ocho días: se pagan cinco días.
  • Licencia de 10 días: se pagan 10 días.