Ya queda poco para que comience el plazo para pagar el permiso de circulación. Las personas que no hagan el trámite quedarán como morosas y se arriesgan a multas, por lo que es importante sacarlo a tiempo.

¿Qué documentos se necesitan pagar el permiso de circulación?

Según ChileAtiende, los documentos necesarios para pagar el permiso de circulación son:

Para vehículos usados:

  • Permiso de circulación anterior.
  • Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica vigente.
  • Póliza del seguro automotor obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación. Revise precios del SOAP.
  • Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.

Para vehículos nuevos:

  • Factura de compra (incluye la copia).
  • Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  • Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
  • Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.

¿Dónde se saca el permiso de circulación?

El permiso de circulación se puede sacar en la dirección de tránsito de cada municipalidad y en los centros habilitados por cada una de ellas para realizar el trámite.

También hay algunos municipios que han habilitado plataformas en línea para pagar el permiso de circulación.

Revisa en el sitio web de tu municipalidad si tiene habilitada la opción de hacer el trámite en línea.

¿Cuánto cuesta el permiso de circulación?

Cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, para determinar el valor de cada permiso. 

Para cotizar el monto que deberás cancelar para obtener tu permiso de circulación ingresa AQUÍ.

¿Cuándo se paga el permiso de circulación?

  • Del 1 de febrero al 31 de marzo: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons y camionetas. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.
  • Mayo: taxis y buses.
  • Septiembre: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kilogramos de capacidad de carga.