Una de las preguntas que más se repiten en relación con la Pensión Garantizada Universal (PGU) es si el beneficio de hasta $193.917 se puede obtener sin haberse pensionado. Conoce todos los detalles a continuación.

¿Puedo solicitar la PGU si todavía no me pensiono?

Desde el Instituto de Previsión Social (IPS) señalan que sí es posible recibir el beneficio, aun cuando no se haya hecho los trámites de jubilación o si la persona todavía se encuentra trabajando.

Es decir, si la persona tiene 65 o más años y no se ha pensionado aún, puede hacer la solicitud de la PGU, siempre que se cumplan los demás requisitos legales.

“Según la ley, una persona que no se ha pensionado puede solicitar la PGU, si tiene 65 o más años y cumple todos los demás requisitos. Lo importante es que no deje de preguntar por el beneficio y las condiciones para entregarlo. Hay que recordar que este es un beneficio que por ley requiere un trámite de solicitud”, explicó el director del IPS, Patricio Coronado Rojo.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener 65 o más años.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 o más años. Esto se analiza internamente una vez ingresada la solicitud, para lo cual se determina un puntaje de focalización previsional. El puntaje resultante no corresponde al mismo del Registro Social de Hogares, pero las personas tienen que estar inscritas previamente en dicho registro, porque desde ahí se recogen algunos antecedentes.
  • Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad; o al menos cuatro años, de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.
  • Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior).

¿Cómo postular?

Existen cuatro vías de postulación:

  1. A través de videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl.
  2. En sucursales ChileAtiende del IPS.
  3. Municipalidades.
  4. AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.