El próximodomingo 4 de septiembrese llevará a cabo elPlebiscito de Salida, elecciones que a diferencia de instancias anteriores tendrávoto obligatoriopara personas mayores de 18 años que residan en Chile.
Bajo el mismo contexto,el Servel tiene disponible el listado definitivo de vocales de mesade cara a los comicios. Los electores designados en la primera nómina, presentaron sus excusas del 16 al 18 de agosto, por lo tanto quienes los reemplazan no pueden justificarse.
El Colegio Escrutador, cumple parte importante de las funcionesque se realizan en las elecciones.A continuación, te contamos más detalles de los próximos comicios.
Servel | ¿Que rol cumplen los Miembros del Colegio Escrutador?
El Servel informa el Colegio Escrutador es: “El encargado de reunir las Actas de los escrutinios realizados en las Mesas Receptoras de Sufragios el día de la votación, y sumar los votos que en ellas se consignen. No podrán deliberar ni resolver sobre cuestión alguna relativa a la validez de la votación”.
Son lasJuntas Electorales, quienes designan a los Miembros del Colegio Escrutador, al igual que lo hacen con los vocales de mesa.
¿Cuándo se deben reunir?
El Servel informa que se reunirán el lunes 05 de septiembre de 2022 a las 14:00 horas, en el lugar que se señale para el funcionamiento del Colegio Escrutador.
¿Cuál es el pago?
La Tesorería General de la República, es el organismo encargado de pagar el bono que consta de2/3 de U.F, por haber cumplido la función.
¿Quiénes no pueden ser designados miembros de Colegios Escrutadores?
- Personas que desempeñen cargos de elección popular.
- Extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.
- Ministros, Subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, Intendentes, gobernadores regionales y consejeros regionales; los embajadores y cónsules de Chile, los magistrados de los tribunales superiores de justicia, los jueces que forman parte del Poder judicial y los de policía Local; los fiscales del Ministerio Público; los jefes superiores de servicios y secretarios regionales ministeriales, el Contralor General de la República.
- Miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas).