La propuesta de la Nueva Constitución se plebiscitará el próximo 4 de septiembre, recordemos que el voto será obligatorio para mayores de 18 años que vivan residan en territorio nacional.

El Servel señaló que se podrá sufragar con el carnet de identidad o pasaporte vencidos desde el 1 de octubre de 2019. Recuerda que no se podrá votar con el comprobante de cédula de identidad en trámite, licencia de conducir ni otras credenciales o documentos.   

El listado de vocales de mesa se dará a conocer el próximo 13 de agosto, los seleccionados se podrán excusar desde el 16 al 18 de agosto ante las Juntas Electorales, con las excusas válidamente aceptadas.

A continuación, te contamos más detalles del Plebiscito de Salida 2022.


¿Cuáles son las excusas válidas para no ir a votar y cuál es el plazo para presentarlas?

El Servel indica que la legislación electoral no establece un periodo de excusas antes del Plebiscito. El organismo informa que la justificación se realiza

"Cuando sea citado por el Juez de Policía Local, podrá acompañar antecedentes o comprobantes que acrediten la causa por la que no pudo sufragar, entre ellos certificados médicos, pasajes, pasaporte constancias etc.(...) Este proceso se llevará a cabo después de realizado el Plebiscito Constitucional".

Las excusas que se pueden presentar son las siguientes:

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado su domicilio electoral.
  • Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.