Este domingo 1 de mayo es el Día del Trabajador, que conmemora en Chile y el mundo al movimiento obrero mundial. La jornada contará con movilizaciones y una marcha de la CUT que comenzará a las 10.00 horas en Plaza Dignidad.

Según establece la Ley 19.973 el día 1 de mayo es un feriado obligatorio e irrenunciable. Revisa a continuación qué significa esto para el comercio.
 

¿Abrirá el comercio el 1 de mayo?

Debido a que se trata de un feriado irrenunciable, los supermercados no abrirán este domingo del Día del Trabajador. De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley 19.973, se exceptúan:

  • Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados), fuentes de soda y pastelerías, en este último caso, siempre y cuando los clientes consuman los alimentos en el local.
  • Hoteles, restaurantes y clubes, es decir, establecimientos que entreguen el servicio de alojamiento y/o comidas sólidas o líquidas para su consumo inmediato, por ejemplo: residenciales, pensiones, hospederías, albergues, moteles, bares, fuentes de soda, casinos, discoteques, churrasquerías, quintas de recreo, locales de comida rápida (incluidos los que están ubicados en los patios de comida), clubes sociales y de recreación, clubes de colonias extranjeras residentes en Chile, etc.
  • Bencineras y tiendas de conveniencia adheridas al recinto, solo si en el establecimiento se preparan alimentos para consumo directo en el local.
  • Farmacias de urgencia y que deben cumplir turnos fijados por la Autoridad Sanitaria o Seremi de Salud.
  • Además, un negocio puede abrir un día de feriado irrenunciable, siempre que la atención sea efectuada por su dueño o dueña.