Debido a la Pandemia por Covid 19, el Estado otorgó un Préstamo Solidario con tasa de interés cero a través del Servicio de Impuestos Internos. Este beneficio se podía solicitar más de una vez y el plazo máximo para obtenerlo fue hasta el mes de octubre. 

Ahora la gran incógnita de los beneficiarios es cuándo y cómo deberán pagar las cuotas del dicho beneficio.

¿Cuándo se paga el Préstamo Solidario si soy beneficiario?

Si solicitaste el Préstamo Solidario en uno o más meses del 2020, la primera cuota se deberá pagar en la Operación Renta del año 2022. Si fue solicitado este año la cuota N°1 sería el año 2023.

¿Cómo se realiza el pago de las cuotas?

Cabe destacar que son 4 cuotas anuales sin multas ni intereses. Y se deberán pagar a  través de la declaración de impuestos a la renta. Las cuota se reajustarán según el IPC.

No obstante la primera cuota de su préstamo corresponderá a un 10% del monto recibido, las otras 3 cuotas restantes corresponderán a un 30 % del mismo.

Por ejemplo, si accedió a un beneficio total de $380.000, la forma en que deberás pagar el préstamo es el siguiente:

Cuota 1 (10%): Deberás reintegrar $38.000 + IPC en la Op. Renta 2022.

Cuota 2 (30%): Deberás reintegrar $114.000 + IPC en la Op. Renta 2023.

Cuota 3 (30%): Deberás reintegrar $114.000 + IPC en la Op. Renta 2024.

Cuota 4 (30%): Deberás reintegrar $114.000 + IPC en la Op. Renta 2025

En el caso de los pensionados, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, expresadas en UF y las que no podrán exceder el 5% del monto de la pensión.

Lo más importante de señalar es que se realice la declaración de impuestos a la renta en el plazo que estable el Servicio de Impuesto Internos