El Subsidio DS49 es un beneficio estatal que permite a familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad, comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria, o bien integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales del servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU).

¿Cuáles son las fechas clave del Subsidio DS49?

  • 17 de noviembre a 24 de diciembre: Llamado Nacional en condiciones especiales a postulación individual DS49 año 2022.

  • Del 14 de noviembre (a las 8:00 horas) al 21 de noviembre de 2022 (hasta las 18:00 horas): Postulación para las regiones de Valparaíso, Metropolitana y Biobío.

  • Del 14 (a las 8:00 horas) al 21 de noviembre de 2022 (hasta las 18:00 horas): Postulación para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, O’Higgins, Maule, Ñuble, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes.

¿Cuáles son los requisitos del Subsidio DS49?

Requisitos generales para postular al Subsidio DS49:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable de la población.
  • Acreditar en el RSH un grupo familiar. No pueden postular personas solas (familias unipersonales) excepto los Adultos Mayores, viudos/as o aquellas que tengan un grado de discapacidad (acreditada ante el COMPIN), calidad de indígenas o sean reconocidas en el Informe Valech.
  • Tener una cuenta de ahorro para la vivienda con un ahorro mínimo de 10 UF, a más tardar el último día hábil del mes anterior a la postulación.

¿Cuáles son los montos del beneficio?

El Subsidio DS49 entrega un monto base de 314 UF, y puede ascender dependiendo de factores como la ubicación de la vivienda y los subsidios complementarios que tenga la familia.

Los montos pueden ser:

  • Diferenciado a la localización (zonas urbanas): 200 UF.
  • De factibilización (zonas rurales): 120 UF.
  • Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.
  • Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF.
  • Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.
  • Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF.