El Bono Chile Apoya Invierno, más conocido como Bono Invierno, es un aporte monetario de una sola vez de $120 mil por cada causante familiar que busca apoyar y compensar a las familias más afectadas por la crisis económica.

La entrega del bono es automática y lo recibirán solo las personas que cumplan alguno de los requisitos como:

  • Causantes de la Asignación Familiar y maternal al 31 de diciembre de 2021, siempre que el respectivo beneficiario perciba la asignación por tener un ingreso mensual inferior a $907.672; y causantes de Subsidio Familiar (SUF) al 31 de diciembre de 2021.
  • Beneficiarios del Bono de Invierno para pensionados durante 2022.
  • Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad Mental (SDM) al 30 de junio de 2022, que hayan recibido el SDM durante julio de 2022.
  • Beneficiarios del Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) al 30 de junio de 2022, que hayan recibido el APSI durante julio de 2022.
  • Beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) al 30 de junio de 2022, que hayan recibido la PBSI durante julio de 2022.
  • Familias usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades al 1 de agosto de 2022, reciban o no prestaciones monetarias; y los hogares que pertenezcan al 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares. En ambos casos, por sus integrantes que no hayan sido considerados de acuerdo a las causales anteriores.

Para entender en detalle los requisitos, ingresa AQUÍ.

¿Cómo se dividen los grupos de beneficiarios del pago?

El pago comienza el 5 de agosto para el primer grupo de beneficiarios, que son aquellas personas que recibieron algunos de los 7 subsidios nombrados anteriormente. Puedes consultar con tu RUT AQUÍ en el sitio Bonoinviernochileapoya.cl.

El segundo grupo de beneficiarios recibirá el beneficio a partir del 22 de agosto, donde deberán consultar en el mismo sitio del Bono Invierno.

¿Cómo saber si no recibiré el primer pago del Bono Invierno?

Pertenecen al segundo grupo y tendrán que esperar quienes no reciban alguno de los bonos nombrados anteriormente y que pertenezcan al 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares. En ambos casos, por sus integrantes que no hayan sido considerados de acuerdo a las causales anteriores, pero que cumplan con alguno de estos requisitos:

  • Personas con discapacidad debidamente acreditada. 
  • Personas con dependencia moderada o severa.
  • Integrantes del Programa de Integración Escolar (PIE).
  • Estudiantes de programas de educación especial reconocidos por el Ministerio de Educación (Mineduc).
  • Personas mayores de 60 años y personas menores de 18 años.