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Beneficios

Bonos para Pymes Sercotec | Revisa los beneficios del programa Crece, requisitos y dónde postular online

Subsidio del Servicio de Cooperación Técnica va en directo apoyo para emprendedores. Conoce de qué se trata.

Publicado por

Por nelson martinez

Ayudas a emprendedores siguen actualizándose. (Foto: Agencia Uno).
Ayudas a emprendedores siguen actualizándose. (Foto: Agencia Uno).

Actualmente, y entre los beneficios que reciben los distintos grupos en pandemia, las pymes han recibido ayudas tales como el Bono de Alivio, así como también las nuevas ayudas económicas del SII. Entre ellas está el Bono Adicional Variable, que ya inició su proceso de postulación.

Pero por parte del Sercotec (Servicio Cooperación Técnica) también han surgido ayudas. Una de ellas es programa Crece. Esto corresponde a un subsidio no reembolsable que permite a las empresas formular e implementar un Plan de Trabajo, tales comoinversiones y acciones de gestión empresarial, es decir, gastos en promoción, publicidad y difusión.

Según informa el programa, se podrán financiar Acciones de Gestión Empresarial y/o Inversiones identificadas, por un por un monto que va desde los $4.000.000 hasta un máximo de $5.000.000. En caso de incluir Acciones de Gestión Empresarial, se deberá considerar un monto máximo de $1.000.000. Cada empresa debe financiar cualquier impuesto asociado a su proyecto.

Para conocer más detalles de quiénes pueden acceder y cómo hacerlo, te lo contamos a continuación.

¿Quiénes pueden acceder al programa Crece de Sercotec?

Pueden obtener este beneficio para las pymes los siguientes grupos de emprendedores, empresas y personas naturales o jurídicas:

Personas naturales o jurídicas, con iniciación de actividades en primera categoría hasta el 30 de junio de 2019 ante el SII, con una actividad económica vigente, y con ventas netas demostrables anuales iguales o superiores a 100 UF e inferiores o iguales a 25.000 UF.

Personas naturales o jurídicas, con iniciación de actividades en primera categoría a partir del 1 de julio de 2019 ante el SII, con ventas netas demostrables anuales iguales o superiores a 35 UF e inferiores o iguales a 25.000 UF. Para efectos de la antigüedad, la fecha de inicio de actividades no puede ser posterior al 1 de marzo de 2021.

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Cooperativas, con iniciación de actividades en primera categoría, con ventas promedio por asociado inferiores a las 25.000 UF, lo que se calcula con el monto de las ventas totales de las cooperativas dividido por el número de asociados. Se excluyen las cooperativas de servicios financieros, así como las sociedades de hecho y comunidades hereditarias.

Para postular, acceder AQUÍ en la página de Sercotec hasta este 24 de agosto.

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