El Gobierno de Chile implementa múltiples beneficios, con el objetivo de apoyar económicamente a la población más vulnerable del país, bonos que están enfocados en el trabajo, vivienda, entre otros.

El Bono por Hijo es un aporte que aumenta el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado. Cabe destacar que esto no se paga cuando nace el hijo, sino que junto a la pensión de la madre.

El monto se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años) y se calcula según los detalles que te contaremos a continuación.


Bono por Hijo | Requisitos y monto del bono para madres

Para acceder al beneficio se deben cumplir con los requisitos informados por el IPS:

  • Edad: tener 65 o más años de edad.
  • Descendencia: haber tenido hijos vivos o adoptados en cualquier época.
  • Residencia: tener al menos 20 años de residencia en el país, luego de haber cumplido 20 años de edad; y haber vivido en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el beneficio. A quienes se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Diplomáticos, se les computará el tiempo que vivieron en el extranjero.
  • Ser Pensionada: Haberse pensionado desde el 1º de Julio de 2009 en adelante.

¿Cuál es el monto del Bono por Hijo?

El monto de pago es el 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años). El bono se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y se calcula de la siguiente forma:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($159.000).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
  • En caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.