En Fiestas Patrias la mayoría de los trabajadores del país recibe una bonificación para enfrentar los gastos típicos de septiembre, un mes marcado por las celebraciones de Fiestas Patrias, en donde el gasto promedio de los chilenos aumenta notablemente. 

Se estima que el 80% de las empresas privadas mantendrá o entregará este beneficio para sus empleados, pese a la crisis económica provocada por la pandemia. En este sector, eso si, el pago no es obligatorio, pero en ciertos casos si se transforma en un derecho de los trabajadores. 

Por otro lado, los empleados del sector público el pago de este aguinaldo de Fiestas Patrias está estipulado y regulado por ley, tanto como la fecha de entrega como los montos de cada año, de acuerdo a los tramos de remuneraciones líquidas.

Además, los pensionados por el Instituto de Previsión Social también reciben un incentivo para el mes de septiembre, quienes reciben un pago por cada carga familiar y que no deben realizar ningún trámite para esta ayuda económica. De hecho, el pago en su caso se realiza junto a la pensión del mes de septiembre, ya sea por la Cuenta Rut de BancoEstado, otras entidades bancarias o mediante el pago presencial.

 

 

Aguinaldo para trabajadores del sector público: 
 

El sector público entrega esta bonificación por Ley cada año, y que se realiza en el mes de septiembre. Para este año 2020, los montos fijados son los siguientes: 

* Los trabajadores cuya remuneración líquida que reciben en el mes de agosto de 2020 es igual u inferior a $773.271, reciben un aguinaldo de $74.516.

* Los trabajadores cuya remuneración líquida que reciben en el mes de agosto de 2020 es superior a $773.271, reciben un aguinaldo de $51.727.

El pago de este beneficio se realiza a personal de planta y contrata de los organismos públicos, y la Ley 21.196 establece quiénes pueden cobrar este aporte en Fiestas Patrias.

Aguinaldo para trabajadores del sector privado:
 

En el sector privado el pago de un aguinaldo o bonificación especial de Fiestas Patrias no está regulado por ley. Sin embargo existen algunos casos específicos en que este bono si se puede transformar en obligatorio para el trabajador: 

* Contrato colectivo: Si por negociación colectiva, u otro tipo de acuerdo, la compañía pactó el pago de este beneficio. 

* Contrato individual del trabajador: Si la persona pactó algún tipo de bonificación equivalente a un aguinaldo en su contrato personal con la empresa.

* Derecho adquirido: Esta figura ocurre cuando la empresa entregó un monto de manera periódica. En este caso, y aunque no esté estipulado en algún documento, se convierte en un derecho del trabajador por su periodicidad. 

Aguinaldo para los pensionados del IPS: 
 

Para quienes reciben una pensión por el Instituto de Previsión Social, el monto para este 202 a entregar es de $20.082 por cada persona. Además, y de acuerdo a información del organismo mencionado, este dinero podrá incrementarse en $10.303 por carga familiar que tenga acreditada el pensionado al 31 de agosto de 2020.

Los pensionados no deben realizar ningún trámite para recibir esta ayuda, ya que viene en la pensión del mes de septiembre en las distintas modalidades de pago ya sea mediante Cuenta Rut de BancoEstado, en otra institución bancaria o de manera presencial.