El Bono Dueña de Casa o como se llama oficialmente, Bono de Protección es un beneficio estatal que está destinado a familias y personas de escasos recursos y pertenecientes a un programa de protección social del Ministerio de Desarrollo y Familia.
Es en ese contexto que en RedNews te entregamos todos los detalles de este beneficio que se entrega por 24 meses desde su adjudicación.
¿Revisaste si tienes el Bono Dueña de Casa? Verifica si tienes pagos sin cobrar
Este beneficio no es postulable, ya que como dijimos antes la única forma de recibirlo es formando parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades en algunos de los programas del subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).
Si eres parte de algunos de estos subsistemas te recordamos que el pago del Bono de Protección se puede realizar de dos formas; de manera automática a través de un depósito bancario al cobrador de la familia o de forma presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de BancoEstado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir, con su cédula de identidad.
¡Ojo! Las familias y personas que elijan como medio de pago la modalidad presencial tiene un plazo de 6 meses para cobrar el beneficio, después de ese tiempo se entiende que el participante renuncia al beneficio.
Este bono tiene una duración de 24 meses y su monto varía de acuerdo al mes en el que esté recibiendo el beneficio, según los siguientes detalles:
- Los primeros 6 meses, el bono asciende a $21.823.
- Desde el mes 7 al mes 12: $16.608.
- Desde el mes 13 al mes 18: $11.419.
- Desde el mes 19 al 24: $20.328 (valor corresponde a monto SUF).*
*Valores correspondientes al año 2023.
Si deseas conocer más detalles de este beneficio puedes comunicarte al 800 104 777.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Bono Dueña de Casa (de Protección)?
De acuerdo a lo informado en el sitio Chile Seguridades y Oportunidades, el único requisito para recibir este bono es haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención, acciones que una vez realizadas, gatillan directamente la gestión y posterior pago del bono de protección, el que inicia en una fecha próxima a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).
¿Quién puede cobrar este beneficio?
El pago del bono de protección se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificaciónde invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.