Tras la Toma de Razón de Contraloría a las modificaciones en la ley de grabado de patentes realizadas por el Gobierno, finalmente se puede ver con más claridad el plazo y el reglamento final del grabado de patentes en vidrios y espejos de los vehículos en Chile.

Recordemos que el grabado de patentes en vidrios tiene el objetivo particular de evitar y prevenir la venta de vehículos motorizados que puedan haber sido robados en nuestro país.

Este es el plazo y reglamento del grabado de patentes en vidrios y espejos en Chile

El Ministerio de Transportes ha aclarado que, una vez aprobado el reglamento, se establecerá un plazo de 12 meses para que todos los vehículos en Chile tengan grabada su placa patente en los cristales y espejos, es decir, hasta el mes de mayo de 2025. 

Este periodo de adecuación se aplica a los propietarios de coches adquiridos antes del 1 de septiembre de 2023. Por su parte, los automóviles nuevos —vendidos después de septiembre del año pasado— tendrán un plazo de cuatro meses desde la publicación del reglamento, por lo que el plazo vencerá en septiembre de 2024.

Grabado de patentes.

Grabado de patentes.

Conoce el reglamento definitivo del grabado de patentes

  • Letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Además, estas deben ser mayúscula.
  • Letras y dígitos en los espejos deben tener entre 5 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras deben estar en mayúscula.
  • Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo del vehículo, sea de izquierda a derecha. 
  • El grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral, de tal forma que no pueda ser borrado.
  • En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externoy en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo. En ambos casos, el grabado de la placa patente única se realizará sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona. 
  • Además, en el parabrisas el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u obstaculizar el “Vehicle Identification Number” (VIN) con que cuentan algunos vehículos en dicha zona, o cualquier otro elemento obligatorio que deba exhibirse en el parabrisas.
  • La luneta trasera el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona. 
  • Espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado o a un rectánguloel grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de forma más próxima a dicho borde. En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará de forma paralela al suelo, en una línea que une los puntos donde las letras y dígitos toquen el borde curvo del espejo. En ambos casos el grabado puede realizarse en la parte superior o inferior y no debe interferir con su función.
  • La normativa exigirá el grabado de, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales.