En el mes de mayo el Estado entrega múltiples beneficios a la población, uno de ellos y el más importante para los adultos mayores se paga este mes de mayo, junto a la pensión de cada persona beneficiada. Te dejamos más detalles a continuación.

El importante bono que se paga este mes a los adultos mayores en Chile

El Bono Invierno es un beneficio que entrega el Gobierno a las personas pensionadas de 65 años o más que cumplan con los requisitos solicitados. A diferencia de otros aportes estatales no es necesario postular, ya que quienes cumplan con lo estipulado recibirán el bono de $74.767 pesos junto a la pensión del mes de mayo.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Invierno 2023?

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    – Instituto de Previsión Social.
    – Instituto de Seguridad Laboral.
    – Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
    – Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

¿Quiénes no pueden recibir el Bono Invierno?

El sitio web de Chile Atiende informa lo siguiente, sobre quienes no tienen derecho al beneficio:

  • Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.