En Chile existen diversos bonos estatales que buscan apoyar económicamente a madres y mujeres embarazadas, algunos de estos pueden llegar hasta los $200 mil mensuales.

¿Cuáles son los bonos para madres que entregan hasta $200 mil?

Subsidio Protege:

El Subsidio Protege del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) es un bono para madres y padres que entrega hasta $200 mil mensuales.

Los requisitos del beneficio son:

  • Tener un hijo/a menor de cinco años al cuidado personal. 
  • Además, para niños menores de 2 años, no tener acceso al beneficio de sala cuna por parte de la empresa.
  • Ser madre trabajadora dependiente o independiente. Alternativamente, el padre trabajador puede solicitar el beneficio si tiene el cuidado personal de manera exclusiva.
  • Trabajadoras dependientes: Tener 4 cotizaciones de seguridad social registradas en los últimos 12 meses previos a la postulación, siendo una de estas 4 cotizaciones del mes previo a la postulación.
  • Trabajadoras independientes: Haber cotizado como independiente en la Operación Renta 2022.

Cabe destacar que ya cerraron las postulaciones al Subsidio Protege, pero continúan los pagos hasta septiembre.

Asignación Maternal:

La Asignación Maternal es un subsidio estatal para las trabajadoras embarazadas que sean causantes de la Asignación Familiar.

Este beneficio se paga por todo el período que comprende el embarazo y el monto mensual depende del sueldo del beneficiario. El monto puede llegar a los $20.328.

Tienen derecho al beneficio:

  • Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).
  • Los trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar.

Para postular hay que estar en el quinto mes de embarazo y seguir estos pasos:

  1. Dirígete a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
  2. Explica el motivo de tu visita: solicitar la Asignación Maternal
  3. Entrega los antecedentes requeridos.
  4. Como resultado del trámite, habrás solicitado el beneficio. Si cumples los requisitos, podrá recibir inmediatamente dos copias de la resolución de autorización de la Asignación Maternal. Éstas deben ser presentadas a su empleador y al Fondo Nacional de Salud (FONASA) o ISAPRE respectiva.

Subsidio Maternal:

El Subsidio Maternal es un bono que entrega un monto en dinero que se paga en reemplazo de la renta de la trabajadora o trabajador, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la ley y tengan derecho a la licencia médica (descanso):  

  • Prenatal y prenatal suplementario.
  • Postnatal y postnatal prolongado.
  • Postnatal parental.
  • Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.

El beneficio se paga por día, desde el primer día de la correspondiente licencia médica, si esta es superior a 10 días; o desde el cuarto día, si fuere igual o inferior a 10 días.

Tratándose de licencias otorgadas inmediatamente a continuación de otra licencia y por el mismo diagnóstico, se consideran como una sola licencia para efectos de determinar el número de días de subsidio a pagar, así como para el cálculo del monto del subsidio.

Por ejemplo:

  • Licencia de tres días: no se paga.
  • Licencia de cuatro días: se paga un día.
  • Licencia de ocho días: se pagan cinco días.
  • Licencia de 10 días: se pagan 10 días.

Importante: El monto diario del subsidio no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales, es decir, $4.727. El cálculo es el siguiente:

  • Ingreso mínimo para fines no remuneracionales (desde mayo de 2023): $283.619.
  • 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $141.809.
  • Trigésima (30ª) parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $4.727 (monto mínimo del subsidio).

Para tener derecho a la licencia médica y al Subsidio Maternal, quienes trabajan en forma dependiente deben gestionar su licencia médica en papel o electrónicamente a través de su empleador o empleadora; mientras que las personas que trabajan en forma independiente tendrán que hacerlo a través su Isapre o la COMPIN (si están afiliadas a Fonasa).