La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio para pensionados y pensionadas que entrega un aporte máximo mensual de $206.173. Sin embargo, como no todos los beneficiarios pueden recibir ese monto, el Estado complementa esta cifra con un monto extra.
¿Quiénes pueden recibir un monto extra?
Pueden recibir un monto extra de la Pensión Garantizada Universal los trabajadores y trabajadoras que realizan trabajo pesado y se acogen a la pensión de vejez anticipada.
Además, deben cumplir los siguientes requisitos:
- Haberse pensionado anticipadamente por trabajo pesado, haciendo efectiva la rebaja de edad (respecto de los 65 o 60 años, según sea el caso).
- Recibir una pensión o la suma de pensiones del sistema de AFP y que sea inferior al monto de la PGU ($206.173).
- Acreditar residencia en Chile por el lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados desde que el solicitante haya cumplido 20 años de edad; y, en todo caso, por el lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la PGU.
El monto extra o complemento:
- Se adquiere desde la edad que resulte de restar a 65 (para hombres y mujeres), el número de años de rebaja de edad legal a que haya tenido derecho a la pensión de vejez anticipada (por debajo de 65 años para hombres o 60 años para mujeres). Por ejemplo, si un hombre se pensiona a los 63, recibirá el complemento durante dos años.
- Se paga hasta el último día del mes en que la persona cumple 65 años. Después de ello, el Instituto de Previsión Social (IPS) automáticamente verificará los requisitos para que estas personas reciban la totalidad de la PGU.
¿Qué quiere decir “trabajo pesado”?
El término “trabajo pesado” se entiende por “labores cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico, provocando un envejecimiento precoz, incluso cuando no generen una enfermedad laboral”.
¿Cuál es el monto extra de la Pensión Garantizada Universal?
El monto extra de la PGU es variable, ya que equivale a la resta entre los $206.173 de la PGU y la suma de las pensiones que la persona reciba desde su AFP.
Cabe aclarar que si la cifra de la resta resulta ser mayor que los $206.173, incluso cuando la persona cumpla con los requisitos, no recibirá complemento alguno.