El Registro de Deudores de pensiones de alimentos es un registro electrónico que contiene a todas aquellas personas que están obligadas al pago de una o varias pensiones de alimentos y que, actualmente, son deudoras o se encuentran morosas.

¿Cómo asegurar que me paguen la pensión de alimentos?

Si el deudor o deudora está en el Registro de Deudores de pensiones de alimentos, se pueden determinar las siguientes medidas para asegurar el pago de la pensión:

  • Retención de la devolución de impuestos.
  • Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.
  • Si el deudor o deudora vende una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • En el caso de la compraventa de vehículos motorizados, el Servicio de Registro Civil e Identificación solo puede inscribir la transferencia de dominio si se acredita que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados.
  • Se le puede negar la licencia de conducir.
  • No podrán solicitar la emisión ni renovación del pasaporte. En casos calificados, el tribunal podrá autorizar su emisión, pero con una vigencia limitada.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
  • Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
  • Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

¿Los tribunales pueden ordenar el pago directamente desde las cuentas bancarias de los deudores?

Los tribunales sí pueden hacer esto. En caso de que las instituciones financieras no paguen dentro del plazo de 15 días hábiles, se les hará responsable solidariamente, es decir, deberán pagar ellos.

Si la persona deudora no tiene dinero en sus cuentas, se podrá pagar directamente desde sus fondos de AFP.

¿Quiénes pueden consultar el registro?

El Registro de deudores de pensión de alimentos pueden consultarlo con Clave Única solo las personas habilitadas, que son las siguientes:

  • El deudor o deudora de alimentos.
  • Personas beneficiadas de los mismos o su representante legal.
  • Los tribunales de familia con competencia en asuntos de familia.
  • Órganos de la administración del Estado y entidades públicas.
  • Toda otra persona o entidad con obligación de consulta según lo determine la ley.