El Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 es uno de los aportes económicos que más interés genera en el mes de septiembre, ya que lo reciben de manera obligatoria un gran número de pensionados y trabajadores del país.
No obstante, hay otro gran grupo de trabajadores cuya obligatoriedad del beneficio no está establecida en la ley y en Rednews te invitamos a conocer quiénes son.
Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Qué trabajadores no están obligados a recibir el bono?
El aguinaldo de Fiestas Patrias no es un beneficio obligatorio para los trabajadores del sector privado, es decir, personas que trabajen en empresas o emprendimientos con inversores privados, no gubernamentales, ni estatales.
En este caso, los empleadores del sector privado no están obligados a otorgar aguinaldo a sus trabajadores, como sí ocurre con las gratificaciones, por ejemplo.
Vale señalar que, de todas formas, si un empleador desea entregarles aguinaldo a sus trabajadores, no hay un impedimento legal que impida la entrega de este importante aporte.
¿Hay alguna excepción? Esto dice el sitio web de ChileAtiende:
El sitio web de Chile Atiende señala que, algunos trabajadores o trabajadoras del sector privado si pueden tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias, esto ocurre en caso de que se cumplan alguno de los dos siguientes escenarios:
- Que esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Que exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En estos casos, el aguinaldo sí podrá ser exigido al empleador como un derecho adquirido.
¿Qué trabajadores del sector público recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias?
El aguinaldo de Fiestas Patrias para el sector público se entregará a funcionarios públicos que se hayan estado desempeñando en cargos de planta o contrata al 31 de agosto del 2024.