Septiembre está a la vuelta de la esquina y uno de los grupos más beneficiados con la llegada de este mes son los pensionados, debido a que un gran número de adultos mayores recibirán un monto extra de dinero, gracias a la entrega del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024.

¿Eres beneficiario de la PGU? Averigua cuándo te pagarán el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024

Este beneficio, si bien no tiene una fecha de pago general para todos, el Gobierno ya adelantó que se entregará junto con la pensión de septiembre.

Es por ello quesi eres beneficiario de la Pensión Garantizada Universal (PGU), te invitamos a conocer la fecha de pago de tu pensión y del aguinaldo ingresando al sitio mi.chileatiende.gob.cl/tramites/5212, solamente debes ingresar el RUN del beneficiario.

Por ejemplo, la persona mostrada a continuación, recibirá tanto la PGU, como el aguinaldo el próximo lunes 16 de septiembre.

Te recordamos que el monto del Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados este 2024 será de $24.261, cifra que se incrementará en $12.446 por cada persona acreditada como carga familiar, al 31 de agosto de 2024.

El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no tiene descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni las cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

¿Qué pensionados reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024?

El sitio gob.cl informó que reciben este aporte las personas que al 31 de agosto de 2024 tengan alguna de estas calidades:

  • Pensionados o pensionadas del IPS que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas de las excajas de previsión y exServicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionadas o pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N.º 16.744.
  • Pensionadas o pensionados de la Ley Rettig y la Ley Valech.
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que reciben la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.