En Chile el Gobierno entrega diversos beneficio a los adultos mayores, uno de ellos es el Bono Bodas de Oro que este año tiene un monto de $403.874, se paga por una sola vez y entre las condiciones, cada cónyuge vivo recibe partes iguales del beneficio estatal.

Si cumpliste 50 años de matrimonio puedes cobrar el Bono Bodas de Oro

El plazo para cobrar el bono es desde un año desde que los 50 años de matrimonio se cumplen y el trámite debe ser realizado por ambos cónyugues.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Bodas de Oro?

El Instituto de Previsión Social (IPS), informa que este bono se puede solicitar bajo los siguientes requisitos:

  • No estar separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
  • Ser del 80% más vulnerable de la población, según su calificación socioeconómica en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Convivir en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acreditar residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Cómo recibir el Bono Bodas de Oro?

Vía online

  • Debes ingresar a la Sucursal Virtual de Chile Atiende
  • Ingresa los datos que se solicitan en el formulario
  • Selecciona el modo de video llamada y luego "entiendo, iniciar prueba de equipo".

Trámite presencial

  • Debes ir a alguna de las sucursales de Chile Atiende.
  • Indica que el motivo de tu visita es solicitar el Bono Bodas de Oro.
  • Informa los antecedentes que se solicitan

Vía telefónica

  • Puedes llamar al 101 para conocer si eres beneficiaria o beneficiario del Bono Bodas de Oro.

¿Qué pasa en el caso de las personas viudas?

Pueden cobrar el beneficio en los siguientes casos:

  • Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
  • Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.