El Ingreso Mínimo Garantizado es un aporte económico que busca garantizar un sueldo liquido de $340.817 pesos a la clase trabajadora del país.

Revisa si recibiste el pago de este mes

Una vez que hayas postulado y desees conocer si eres beneficiario y recibiste el pago del Ingreso Mínimo Garantizado, haz clic AQUÍ e ingresa con tu ClaveÚnica. De esta manera podrás conocer si recibiste el pago de tu beneficio.

¿Hasta cuándo se puede postular?

Puedes postular al Ingreso Mínimo Garantizado durante los 365 días del año a través de este ENLACE y deberás completar toda la información que te soliciten y los datos de tu cuenta bancaria para recibir el subsidio. Finalmente, acepta las condiciones y deberás hacer clic en “enviar”. Una vez realizado este paso estarás postulando al Ingreso Mínimo Garantizado.

Sin embargo, los pagos no lo recibirás de manera inmediata. Una vez que califiques para ser beneficiario o beneficiaria, recibirás el pago correspondiente dentro de los últimos 5 días hábiles del mes siguiente al cual postulaste.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser un trabajador/a dependiente.
  • El contrato debe estar suscrito al Código del Trabajo.
  • El sueldo bruto debe ser menor a $452.477 pesos.
  • El contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Tu calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

En relación a lo anterior, desde la plataforma informativa de ChileAtiende hacen un hincapié en aquellos beneficiarios del Subsidio al Empleo joven o del Bono al Trabajo de la Mujer y ahora reciban el Ingreso Mínimo Garantizado:

Si el trabajador o trabajadora recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). En esos casos, solo recibirá el subsidio para el IMG. Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente”.