ElIFE Laborales un bono que entrega el Gobierno que tiene como objetivoser unincentivo económico paratodas laspersonas que se empleen formalmentecon un contratoque puede tener la característica deindefinido, a plazo fijo, por obra o faena determinada, de temporada o part-time.

Con la extensión delIFE Laboral,las personas podrán postular hasta el31 de diciembrede este año.Cabe destacar quequienes ya han recibidotresmeses de pago del IFEno podrán accedera nuevos pagosdel subsidio por laextensión.

Los montos del IFE corresponden a lo siguiente:

  • Hombres entre 24 y 55 años:

-Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200 mil mensuales.

-Periodos de remuneración desde julio a septiembre de 2022: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100 milmensuales.

  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:

-Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250 mil mensuales.

-Periodos de remuneración desde julio a septiembre de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300 mil mensuales.

¿Hasta cuándo se paga el IFE Laboral?

Como el periodo de postulacióntermina el31 de diciembre, las personas que postulen ese mes recibirán solo 1pago.

Es importante tener claro quepara recibir los3 pagos del beneficio, puedes postularhasta el mes deoctubre,ya que si lo haces ennoviembrerecibirás solodos pagos.

¿Cuáles son los requisitos para postular?

Los requisitos son los siguientes:

  • Tener un nuevo contrato de trabajo.
  • Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000).
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

Para verificar lo anterior, Sence revisará al momento de la postulación:

-Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en el mes anterior al de inicio del contrato de trabajo.

-Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en los tres meses anteriores al de inicio del contrato de trabajo con el mismo empleador por el cual postula al beneficio (mismo empleador o empleadora).