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Plebiscito de Salida

Gonzalo de la Carrera le saca foto al voto y la sube a sus redes: ¿A qué multas se arriesga?

El parlamentario una vez más da que hablar por las redes sociales. Conoce que hizo Gonzalo de la Carrera y que multas podría recibirpor ello.

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Por cristian latorre

Gonzalo de la Carrera le saca foto al voto y la sube a sus redes: ¿A qué multas se arriesga?
© Agencia UnoGonzalo de la Carrera le saca foto al voto y la sube a sus redes: ¿A qué multas se arriesga?

Una vez más el diputado Gonzalo de la Carrera se encuentra en el centro del huracán. Esta vez se trata de una polémica foto que expuso sobre su voto y que más tarde borró de una red social.

Tras acudir a su local de votación y cumplir con su deber cívico, el parlamentario incumplió una normativa relacionada con el proceso electoral al publicar una imagen con su la opción que eligió durante este Plebiscito Constitucional.

Cabe recordar que, hace unos días el diputado fue denunciado tras golpear en el ojo al vicepresidente de la Cámara Baja, Alexis Sepúlveda, el pasado martes 30 de agosto.

Una foto polémica

El parlamentario publicó este domingo 4 de septiembre dos fotos dónde aparece mostrando su voto abierto, sin embargo, borró la cuestionada foto por una dónde aparece depositando su voto en la urna correspondiente.

Sin embargo, los usuarios de Twitter no quedaron ajenos a esta publicación e inundaron de comentarios la publicación del parlamentario.

¿Existen multas por publicar una foto?

De acuerdo a la Ley 18.700 Orgánica Constitucional, se menciona que existen penas de cárcel y multas económicas a la persona que “solicitare votos por paga, dádiva o promesa de dinero u otra recompensa o cohechare en cualquier forma a un elector” sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), multa de 10 a 50 unidades tributarias mensuales y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos”.

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Por su parte, el Servicio Electoral (Servel) expresa que “No se debe fotografiar el voto. La ley presume que el elector ha participado en prácticas de cohecho si en el acto de votar emplea cualquier método que deje en evidencia o constancia la preferencia que señaló en su sufragio”.

El cohecho en chile es definido de la siguiente manera:

el delito de cohecho o soborno se configura ante la solicitud, aceptación, ofrecimiento o entrega de cualquier tipo de beneficio a que el funcionario público no tenga derecho, sin necesidad de probar la intención o el efecto de una contraprestación por parte del funcionario público”.

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