La Pensión Garantizada Universal (PGU) es una ayuda monetaria administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS) que busca mejorar las pensiones de los adultos mayores.

El cuanto a los montos de la PGU, si la pensión base es igual o inferior a $660.366, la persona accederá al monto máximo de la PGU, el cual es de $193.917.

Por otro lado, si la pensión base de la persona es mayor a $660.366 y menor que $1.048.200, la persona accederá a un monto reducido de PGU, en función de lo que le falte a la pensión base para igualar este último monto.

Cabe recordar que este bono es postulable para quienes cumplan toda la lista de beneficios y se entrega mensualmente.

También es importante tener en cuenta que el pago de la PGU se puede suspender por:

  • El no cobro durante 6 meses continuos, aunque podrá solicitar que se deje sin efecto la medida hasta 6 meses contados desde la suspensión.
  • Cuando el beneficiario no proporcione antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la mantención del beneficio y que le sean solicitados por el IPS dentro de los 3 meses de efectuado el requerimiento.

¿Cómo puedo postular?

Actualmente existen cuatro maneras de solicitar la PGU:
1. De manera online, haciendo clic en este ENLACE y con tu Clave Única.
2. En sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social (IPS).
3. Municipalidades.
4. AFP o compañía de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades privadas.

¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?

  • Tener 65 o más años de edad.  
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de ese rango de edad, según lo determina la ley. Esto se analiza internamente luego de la solicitud, mediante el instrumento de focalización definido especialmente para este beneficio.
  • Acreditar residencia en Chile: 

-Por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad. 
-Por al menos 4 años, de los últimos 5 inmediatamente anteriores a la solicitud del beneficio.

No pueden recibir el beneficio:

  • Las personas pensionadas (como titulares o beneficiarias de la Pensión de Sobrevivencia) o imponentes de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).