El IFE Laboral es un beneficio del Estado que tiene como objetivo ser un incentivo económico para todas las personas que tengan un nuevo contrato de trabajo, el que puede tener la característica de indefinido, a plazo fijo, por obra o faena determinada, de temporada o part-time.

Para poder optar al bono del IFE Laboral es necesario cumplir con requisitos como, el tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales, es decir $1.140.000. 

Contar con un nuevo contrato de trabajo en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación. Para esto, el SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.

Además de esto, hay que haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, se revisará que no registren cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.

En cuanto a los pagos, cabe destacar que, las personas que hayan postulado al IFE Laboral durante los meses de mayo, junio y julio recibirán tres cuotas del pago.

En cambio, la gente que postule en el mes de agosto recibirá dos cuotas y quienes postulen en septiembre, les corresponderá un solo pago.

A continuación, te contamos más detalles.

¿Cuándo se paga el IFE Laboral de julio?

Como los pagos de este beneficio van desfasados, durante los primeros días de septiembre se pagará el IFE Laboral de julio.

¿Qué monto me corresponde?

  • Mujeres, hombres entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300 mil mensuales.
  • Hombres entre 24 y 55 años: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100 mil mensuales.