El perder la fuente laboral no es fácil, sobre todo en estos tiempos de pandemia y crisis económica que azota al mundo entero, ya que son muchos los que dependen de estas fuentes de ingreso mensual para subsistir mes a mes y así costear sus servicios básicos.

Es debido a estas razones que el Estado ha implementado diferentes ayudas para aquellos que se encuentran desempleados, aunque primeramente es importante destacar que ante un despido es importante saber saber que se puede exigir un finiquito.

El finiquito es la manera legal mediante la cual un trabajador y su empleador ponen término a la relación laboral.

¿Qué beneficios puedo adquirir por estar cesante?

Seguro de Cesantía 

El Seguro de Cesantía está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y es destinado a ex trabajadoras y trabajadores dependientes con contrato (indefinido, a plazo fijo o por obra o servicio) que estén regidos por el Código del Trabajo. 

Los afiliados tienen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) en la que el empleador cotiza mensualmente el 3% de la renta imponible del trabajador y al momento que queda cesante el trabajador puede sacar el dinero a través de giros mensuales según el porcentaje de remuneración.

La afiliación a la AFC es automática para todos aquellos trabajadores que fueron contratados posterior al 2 de octubre de 2002, en caso de ser contratado antes de esta fecha se puede realizar una afiliación voluntaria en el sitio web de la AFC. 

Para acceder a este seguro se deben cumplir los requisitos exigidos por la Ley y para solicitar el dinero debes ingresar al sitio de la AFC AQUÍ. 

Fondo de Cesantía Solidario

Dirigido a los afiliados a la AFC que no cuenten con dinero suficiente en su CIC al momento de perder su trabajo o que hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía pueden solicitar el Fondo de Cesantía Solidario. 

Puedes revisar más información al respecto AQUÍ, pero es importante mencionar que para acceder a este beneficio hay que realizar una solicitud en la AFC.

Bolsa Nacional de Empleo

Para recibir el fondo solidario debes estar inscrito en la Bolsa Nacional de Empleo para así asegurar que se está buscando trabajo.

Cabe destacar que esta plataforma entre muchas otras cosas permite la búsqueda de empleo, por lo tanto es recomendable contar con una cuenta en ella, esta inscripción es gratuita y pueden hacerlo todos los mayores de 18 años AQUÍ. 

Subsidio de Cesantía

Aquellos que no tienen derecho al Seguro de Cesantía pueden obtener el Subsidio de Cesantía. 

Este es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o Cajas de Compensación y permite que los cesantes reciban una ayuda mensual por un período máximo de 360 días. 

Este beneficio permite que tengan asistencia médica gratuita y recibir la Asignación Familiar y/o Maternal y la Asignación por Muerte, debe solicitarse a la institución correspondiente, ya sea IPS o caja de compensación, quiénes serán los encargados de realizar el pago.

Cuenta de ahorro de indemnización

La cuenta de ahorro permite a aquellos que se encuentran cesantes cobrar una indemnización por término de contrato la cual complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

Se puede cobrar en la AFP y para cobrarla se deben presentar los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

Cabe destacar que esta cuenta es independiente de la cuenta de capitalización individual y de la cuenta de ahorro voluntario.