El pasado 1 de febrero comenzó el plazo para pagar el Permiso de Circulación, el cual es necesario para poder circular por las calles del país, y en caso de no hacer el trámite en el periodo correspondiente, la persona se arriesga a multas.

¿Cuál es la fecha límite para pagar el Permiso de Circulación este año?

Las fechas límites para pagar el Permiso de Circulación 2023 son:

  • Hasta el 31 de marzo: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons y camionetas. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.
  • Mayo: taxis y buses.
  • Septiembre: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kilogramos de capacidad de carga.

¿Cuál es la multa por no pagar el Permiso de Circulación?

La multas por no pagar el Permiso de Circulación van entre 1 a 1.5 UTM, además de la posibilidad de retiro del vehículo.

Adicionalmente se cobrará el 35% del valor del permiso como una segunda multa, más intereses en caso de que vayas demorando mes a mes.

En el caso de que ya tengas multas y quieras pagar el permiso, no podrás sacarlo hasta que saldes tu deuda.

¿Qué documentos se necesitan pagar el permiso de circulación?

Los documentos necesarios para pagar el Permiso de Circulación son:

Para vehículos usados:

  • Permiso de Circulación anterior.
  • Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica vigente.
  • Póliza del seguro automotor obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación. Revise precios del SOAP.
  • Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.

Para vehículos nuevos:

  • Factura de compra (incluye la copia).
  • Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  • Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
  • Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.