Todos los meses se efectúa un pago del Subsidio Único Familiar, un aporte estatal dirigido personas de escasos recursos. El beneficio considera un monto de $16.418 por cada carga familiar ($32.836 en el caso de personas con discapacidad).
Revisa si debes cobrar tu pago del Subsidio Único Familiar
Para saber si tienen un pago pendiente por este beneficio debes hacer la consulta aquí.
Una vez dentro, escribe tu RUT y haz clic en “Consultar”.
Inmediatamente después la plataforma te indicará la fecha y forma de pago de tu beneficio.
¿Cuáles son los requisitos del Bono Familiar?
Son beneficiarias las personas que no están en condición de proveer la mantención y crianza de sus causantes:
- La madre.
- El padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Embarazadas (como Subsidio Maternal).
Estas personas recibirán el beneficio si tienen los siguientes causantes que viven a sus expensas:
- Menores de edad que participen de los programas de salud establecidos por el Minsal.
- Causante con discapacidad intelectual de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
- Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
¿Cómo postular?
Si no has postulado, debes realizar el trámite en tu municipalidad correspondiente. Debes presentar los siguientes documentos:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano al día (menores de 6 años).
- Certificado de alumno regular (mayores de 6 años).
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
- La mujer embarazada deberá presentar certificación que acredite que se encuentra en el quinto mes de embarazo.
- En caso de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.