El Bono por Hijo es un beneficio del Gobierno que se entrega por cada hijo nacido, vivo o adoptado y que tiene el objetivo de apoyar económicamente a las madres chilenas aumentando el monto de su pensión, a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

Este beneficio comienza a generar rentabilidad desde el nacimiento del hijo o hija y el valor equivale al 10% de los 18 ingresos mínimos mensuales, es decir, hasta los 18 años del hijo o hija (fijado para los trabajadores de 18 a 65 años).

Cabe destacar que, en el caso de los hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil). Mientras que, si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

El trámite para solicitar el Bono por Hijo se puede realizar durante todo el año, y una vez que se postula a este beneficio, el dinero se entrega de manera automática en el monto mensual de pensiones. 

A continuación, te contamos cómo puedes saber si eres beneficiario y cómo puedes cobrarlo.

¿Cómo saber si soy beneficiaria?

Para saber si te corresponde recibir el Bono por Hijo, puedes consultar AQUÍ. Si eres beneficiaria recibirá el pago correspondiente.

¿Cómo cobrarlo?

  • En el caso de las mujeres afiliadas a AFP, las bonificaciones se incorporarán en su cuenta de capitalización individual.
  • Las mujeres beneficiarias de Pensión Básica Solidaria de Vejez, el Instituto de Previsión Social, IPS (ex INP) se les calculará una pensión autofinanciada de referencia, considerando como su saldo las bonificaciones que por hijo nacido vivo les correspondan.
  • A las mujeres con pensión de sobrevivencia o viudez no afiliadas a AFP o IPS se les calculará una pensión autofinanciada de referencia, considerando como su saldo las bonificaciones que por hijo nacido vivo les correspondan. En este caso, el monto resultante se sumará al aporte previsional solidario que le corresponda.