Así como el Gobierno otorga beneficios económicos a población activa en cuanto a empleos, tales como el IFE Laboral, también existen ayudas monetarias para quienes perdieron sus fuentes de trabajos.

Justamente, en pandemia una parte importante de los chilenos se quedaron sin ingresos tras los despidos o cierre de fuentes laborales, por lo que a más de un año y medio de la llegada del Covid es importate saber qué beneficios existen para ellos.

Para poder mantener ingresos o salarios tras haber terminado la relación laboral, te contamos a continuación a qué ayudas económicas informa el portal Chile Atiende:


Seguro de Cesantía 

 

Beneficio destinado a ex trabajadoras y trabajadores dependientes con contrato (indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio). Estos deben estar afiliados automáticamente, todos quienes iniciaron actividades laborales a partir del 2 de octubre de 2002.

Quienes reciban este aporte deben ser regidos por el Código del Trabajo y haber sido firmados después del 2 de octubre de 2002.

Este seguro ocupa los recursos que el empleador aporta mensualmente del sueldo del trabajador, más lo que el propio trabajador ha juntado a lo largo de su vida laboral en su cuenta individual de cesantía, a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

El seguro da derecho a:

- Un monto de dinero.

- Beneficios de salud.

- Pago de asignación familiar.

A partir del 1 de octubre de 2020, los trabajadores y trabajadoras de casa particular son parte del Seguro de Cesantía. Para solicitarlo, ingresa AQUÍ.


Fondo de Cesantía Solidario

 

Beneficio que garantiza beneficios mínimos a afiliados la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía al momento de perder su trabajo. También puede ser solicitado cuando se han agotado los fondos del seguro de cesantía de un trabajador.

Este fondo solidario se financia con aporte estatal y con el 0,8% de la cotización del empleador (para quienes tienen contrato indefinido) o el 0,2% de la cotización del empleador (si es contrato a plazo fijo, por obra o faena).

Además, los beneficiarios de este fondo pueden acceder a becas de capacitación del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence). Para obtenerlo, ingresa AQUÍ.




Subsidio de Cesantía

 

Aporte que permite a trabajadores que no están afiliados al seguro de cesantía acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, dando derecho a:

- Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.

- Recibir asignación familiar y/o maternal por sus cargas reconocidas.

- Asignación por muerte, en caso de fallecer.

Este debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (Instituto de Previsión Social o caja de compensación), la que será la encargada de su pago. Para más detalles, revisa AQUÍ.


Cuenta de ahorro de indemnización

 

Beneficio que funciona como una indemnización por término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios (y a la cobertura del Seguro de Cesantía).

Esta puede ser cobrada en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo. Para los trabajadores dependientes en general, esta cuenta se puede abrir pactando con el empleador el aporte mensual de este último para cubrir la indemnización a todo evento.

Para los trabajadores de casa particular, esta indemnización está establecida en la ley, por lo que los empleadores tiene la obligación de efectuar los aportes y el trabajador el derecho de cobrar la prestación al término del contrato.

Además de esta indemnización, por ley, desde el 1 de octubre de 2020, los trabajadores de casa particular también tienen derecho al Seguro de Cesantía. Revisa más detalles AQUÍ.