Uno de los beneficios sociales disponibles a pensionados es el Bono de Reconocimiento, que va dirigido a afiliados de la AFP que alcanzaron a cotizar en alguna ex Caja de Previsión.

Se trata de un monto de dinero entregado por el Estado a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al sistema de AFP, y se ingresa a su cuenta cuando se pensione por vejez, por invalidez o cuando fallezca.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Quienes tengan a lo menos doce cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión (Empart, Sepregas, Capregil, Serecch, Capresal, CBP, Sepccu, Capremer, SSS y Triomar), entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.

Si no cumplen el requisito anterior debe registrar, a lo menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.

¿Cómo se postula?

La tramitación del Bono se realiza a través de la AFP en la que se encuentra afiliado cada persona, donde debe llenar la Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento y el Anexo Detalle de Empleadores, en caso que corresponda.