El Bono Chile Apoya Invierno, es un beneficio que otorga el Gobierno de Chile con el objetivo de apoyar a las familias más vulnerables del país que cuenten con los requisitos establecidos.

¿Cuál es el monto? El pago es de $120.000 y se entrega por cada causante del grupo familiar que cumpla los puntos solicitados.

El Ministerio de Desarrollo Social anunció que desde este viernes comenzó la entrega del aporte para el segundo grupo de beneficiarios. Recordemos que el bono se puede cobrar en un plazo máximo de nueve meses desde su emisión.

A continuación, te contamos más detalles de la medida económica.

Bono Invierno 2022 | ¿Se puede volver a postular y cuántos pagos son del beneficio?

De acuerdo a lo informado por el IPS, el beneficio no requiere de postulación, ya que se entrega a las familias que cumplan con los requisitos informados.

En relación a la cantidad de pagos, el Bono Chile Apoya Invierno cuenta con un pago único que se realizará en el actual mes de agosto.

Recordemos que el primer grupo de beneficiarios, comenzó a recibir el aporte desde el 5 de agosto, en tanto el segundo grupo recibe el pago desde este viernes 19 de agosto.

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Los requisitos para recibir el bono invierno son:

a)Ser persona beneficiaria de Subsidio Familiar o de Asignación Familiar o Maternal al 31/12/2021 y haber recibido el pago de alguna de estas asignaciones ese mes.

b)Ser persona beneficiaria del Bono de Invierno para pensionadosy haber percibido el aporte correspondiente al año 2022 hasta el 31 de mayo del presente.

c) Ser persona beneficiaria del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y Pensión Básica Solidaria de Invalidez, al 30 de junio de 2022 y haber percibido el aporte en el mes de julio de 2022.

d) Ser persona beneficiaria del Subsidio de Discapacidad Mental, al 30 de junio de 2022 y que perciban el aporte en el mes de julio del 2022.

e) Ser miembro de una familia, de subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) al 1 de agosto de 2022, y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley N° 21.474.

f) Ser Miembro de hogares que al 1 de agosto del 2022 pertenezcan al 60% más vulnerable de la población nacional en el Registro Social de Hogares y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley N° 21.474.