Ante la próxima llegada de las bajas temperaturas, el Gobierno de Chile ha implementado un beneficio estatal llamado Bono Invierno, el cual se encuentra destinados a pensionados y pensionadas que cumplan con los requisitos establecidos.  

De esta manera, el Bono Invierno cumple el propósito de ofrecer ayuda a este grupo etario que cuenta con bajos ingresos económicos debido al monto de su pensión y  puedan enfrentar de mejor manera los gastos, los que se ven incrementados considerablemente durante la temporada de invierno.

Este beneficio tiene un monto de $70.336 por cada beneficiario, pero las personas que se encuentran recibiendo más de una pensión no tendrán derecho al bono, a menos esas pensiones sumen un total igual o menor a $182.167.

Es importante destacar que el Bono Invierno no es un beneficio postulable, ni tampoco está sujeto a descuentos y el pago se realiza junto a la pensión correspondiente a mayo.

Si deseas acceder al Bono Invierno, debes cumplir con una serie de requisitos como mencionamos anteriormente y como aquí en Redgol te informamos de todo, a continuación te dejamos los detalles.

¿Qué requisitos debo cumplir para el Bono de Invierno 2022?

Las personas beneficiarias del Bono de Invierno deben cumplir los siguientes requisitos:

- Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2022.

- Recibir una pensión inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez vigente para mayores de 75 años (182.167 pesos, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere).

Y deben ser pensionados y pensionadas de alguna de las siguientes instituciones:

- Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto).

- Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

- Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).

- Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

- Mutualidades de empleadores.

- Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV.

- Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.