Uno de los grandes beneficios para parejas que existe en Chile es el “Bono bodas de oro“, aporte económico de carácter estatal que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

Si deseas conocer más detalles de esta importante ayuda económica, te invitamos a seguir leyendo RedNews de RedGol.

¿50 años de matrimonio? El importante bono para casados que supera los 400 mil pesos

El bono “Bodas de Oro” consiste en un aporte económico de $425.360 y se entrega por una sola vez y en partes iguales a los dos cónyuges ($212.680).

Este aporte debe ser solicitado por ambas personas en conjunto, ya sea de forma online, en el siguiente link o de forma presencial en las oficinas de ChileAtiende y explicando el motivo de la visita.

  • Conoce los documentos que debes tener para la solicitud en el siguiente link.

¿Qué requisitos deben cumplir para solicitar este bono?

El mencionado sitio de Chile Atiende, señala que los requisitos del bono Bodas de Oro son:

  • No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
  • Se encuentran en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
  • Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Además, las personas viudas tendrán derecho al bono en los siguientes casos:

  • Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
  • Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.