Desde que ocurrió la barbarie de Avellaneda, Independiente no para de recibir malas noticias. Y es que no conforme con la descalificación de Copa Sudamericana que sufrieron, el club argentino tendrá un nuevo e insólito castigo.
Es que además de los siete partidos sin hinchas de visita y otros siete a puertas cerradas a nivel internacional, más el pago de una multa por US$250 mil dólares, desde la Conmebol anuncian una nueva sanción contra el Rojo.

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El nuevo e insólito castigo que recibe Independiente
Fue la Unidad Disciplinaria del organismo, la misma que sacó al elenco trasandino del certamen continental, quien entregó un detalle que hasta ahora no salió a la luz y que tiene relación con incidencias ocurridas en Santiago durante el juego de ida con la U.
Es que Independiente deberá abonar en la cuenta corriente de la Conmebol un total de US$35 mil dólares, por infracciones al artículo 5.1.11.6, numeral 2 del Manual de Clubes de Copa Sudamericana, en referencia a “responsabilidad por retraso en la reanudación del partido“.
“Si los jugadores de un equipo compareciesen al terreno de juego más tarde de la hora prevista para su reanudación, o desacatando las indicaciones del Árbitro y/o Delegado al respecto, el club responsable y el entrenador del equipo en cuestión, serán sancionados por la Comisión”, informó la entidad.
Así fue el castigo de Conmebol al Rojo
El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL, RESUELVE:
1°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE una MULTA de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2025. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. IMPONER al SR. JULIO CESAR VACCARI una MULTA de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2025. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al SR. JULIO CESAR VACCARI que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al SR. JULIO CESAR VACCARI.