Durante los últimos meses el problema de la cesantía ha sido una de las principales preocupaciones del Gobierno. De hecho, según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en septiembre de este 2023, la tasa de personas cesantes en Chile llegó a un 8,91%.
Por esa razón, es que existen una serie de beneficios y bonos estatales que están dirigidos esclusivamente para las personas cesantes del país. De esta manera, quienes están sin empleo pueden acceder a pagos mensuales, sobre todo, si estaban anteriormente con contrato de trabajo.
¿Qué bonos hay para personas cesantes en Chile y cuánto dinero entregan?
En total son cuatro los beneficios que se pagan en Chile a personas cesantes: Seguro de Cesantía, Subsidio de Cesantía, Fondo de Cesantía Solidario e Indemnización por término de contrato. Revisa cuánto dinero entrega cada uno:
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio enfocado en quienes tenían contrato de trabajo y, por lo tanto, eran dependientes. Bajo esa condición, un porcentaje de su sueldo mensual iba destinado a una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). De esta manera, ahora pueden cobrar el dinero si quedaron cesantes.
Este beneficio permite realizar tantos giros mensuales de tu Cuenta Individual según tu saldo acumulado lo permita. El monto que recibes se determina en base a los siguientes porcentajes de la remuneración promedio que tuviste en los últimos 12 meses antes de quedar cesante:
- Primer mes: 70% de tu sueldo promedio.
- Segundo mes: 55% de tu sueldo promedio.
- Tercer mes: 45% de tu sueldo promedio.
- Cuarto mes: 40% de tu sueldo promedio.
- Quinto mes: 35% de tu sueldo promedio.
- Sexto mes o superior: 30% de tu sueldo promedio.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario se entrega a quienes no cuentan con recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía, por lo tanto, no pueden cobrar el Seguro de Cesantía. También aplica cuando se le acabó el saldo en esta cuenta y aún no encuentra trabajo.
Este beneficio se puede pagar durante cinco meses si tenías contrato indefinido o por tres meses si era contrato a plazo fijo. Igualmente, si sigues cesante tras ese plazo, independiente del tipo de contrato, podrás recibir dos giros adicionales si la tasa de desempleo nacional según INE supera en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
De esta manera, los montos que entrega este beneficio son los siguientes:
Contrato indefinido o de trabajador de casa particular
- Primer mes: el 70% de la remuneración de los últimos 12 meses: $246.344 valor inferior y $821.147 valor superior.
- Segundo mes: el 55% de la remuneración de los últimos 12 meses: $193.557 valor inferior y $645.189 valor superior.
- Tercer mes: el 45% de la remuneración de los últimos 12 meses: $140.769 valor inferior y $469.228 valor superior.
- Cuarto mes: el 40% de la remuneración de los últimos 12 meses: $124.795 valor inferior y $415.982 valor superior.
- Quinto mes: el 35% de la remuneración de los últimos 12 meses: $123.173 valor inferior y $410.574 valor superior.
- Sexto mes: y siguientes: el 30% de la remuneración de los últimos 12 meses: $351.920 valor inferior y $105.575 valor superior.
Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado
- Primer mes: el 50% de la remuneración de los últimos 12 meses: $175.959 valor inferior y $586.535 valor superior.
- Segundo mes: el 40% de la remuneración de los últimos 12 meses: $140.769 valor inferior y $469.228 valor superior.
- Tercer mes: el 35% de la remuneración de los últimos 12 meses: $123.173 valor inferior y $410.574 valor superior.
- Cuarto y quinto mes: el 30% de la remuneración de los últimos 12 meses: $105.575 valor inferior y $351.920 valor superior.
Subsidio de Cesantía
Este beneficio está dirigido a quienes firmaron su último contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002, ya que luego de esa fecha se puede optar al Seguro de Cesantía. El Subsidio de Cesantía es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o cajas de compensación y se entrega por un máximo de 360 días.
Primero el beneficio se paga de forma mensual, pero por períodos de 90 días, que son renovables si se acredita la condición de cesante, hasta totalizar el máximo de 360 días. Sin embargo, el monto mensual va disminuyendo de la siguiente manera:
- Los primeros 90 días: $ 17.338 por mes.
- Entre los 91 y los 180 días: $ 11.560 mensuales.
- Entre los 181 y los 360 días: $ 8.669 por mes.
Indemnización por término de contrato
Es una indemnización que complementa o reemplaza la indemnización por años de servicio y al Seguro de Cesantía. En concreto, los trabajadores con contrato que lleven más de seis años en una empresa pueden acordar con su empleador la sustitución de la indemnización legal por una indemnización a todo evento.
De esta forma, cuando la persona queda cesante por cualquier causa cobra este beneficio que anteriormente había sido pagado por el empleador de forma mensual en la AFP de trabajador. Por ello, la persona desempleada recibe el monto acumulado hasta ese momento, tomando en cuenta la rentabilidad que generó en su fondo de pensiones.
Requisitos y cómo postular a los bonos para cesantes
- Seguro de Cesantía: Para saber cómo postular y cuáles son sus requisitos entra AQUÍ.
- Subsidio de Cesantía: Puedes revisar cómo postular y cuáles son sus requisitos AQUÍ.
- Fondo de Cesantía Solidario: Si quieres conocer cómo postular y los requisitos entra AQUÍ.
- Indemnización por término de contrato: Para ver sus detalles de postulación y requisitos ingresa AQUÍ.
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