Si te encuentras sin trabajo, revisa a continuación los diferentes bonos estatales que pueden acceder las personas cesantes, requisitos y los montos a obtener.
Bonos para cesantes: Estos son los beneficios a optar si quedo sin trabajo en Chile
En la actualidad, existen cuatro bonos a los que pueden acceder quienes se encuentran en trabajo en el país.
Seguro de Cesantía
Este beneficio de la Administradora de Fondos de Cesantía, representa un derecho destinado de todos los empleados afiliados a AFC Chile en situaciones de desempleo, ya sea por decisiones personales, como la renuncia, o situaciones involuntarias, como el despido o la finalización de un contrato.
Los requisitos son los siguientes:
Estar sin empleo: se debe confirmar a través de un documento que puede ser un finiquito, una carta de despido, una carta de renuncia, un acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
Si eres trabajadora o trabajador doméstico, se requiere contar con al menos 12 cotizaciones, ya sea de forma continua o interrumpida, antes de la finalización de la relación laboral, independientemente de si fueron realizadas con uno o varios empleadores.
Para un contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado, se solicitan 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o varios empleadores. El conteo de las cotizaciones comienza desde el último período en el que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes en que termina la relación laboral.
¿Cuál es el monto?
Puedes efectuar retiros mensuales de la Cuenta Individual por cesantía siempre que tu saldo lo permita, siguiendo los porcentajes que corresponden a tu remuneración basados en los últimos 12 meses.
- Primer mes: 70%
- Segundo mes: 55%
- Tercer mes: 45%
- Cuarto mes: 40%
- Quinto mes: 35%
- Sexto mes o superior: 30%
Subsidio de Cesantía
Este beneficio está diseñado para que las trabajadoras y trabajadores que se encuentran cesantes y puedan acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, que da derecho a:
- Poder acceder a una asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud.
- Obtener Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
- Asignación por muerte, que financia los gastos funerarios en caso de que la persona beneficiaria fallezca.
Los requisitos son los siguientes:
- Tener al menos 12 meses (52 semanas) de cotizaciones continuas o discontinuas en cualquier régimen previsional sujeto al sistema, dentro de los dos años previos a la fecha de desempleo.
- Estar registrado en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a tu lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de desempleados del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo debido a razones ajenas a tu voluntad.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002. Si el contrato se firmó después de esa fecha, el trabajador desempleado puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC.
¿Cuáles son los montos?
Entre el día 0 al 90 recibes $17.338 mensuales; entre el día 91 a 180 obtienes $11.560 mensuales; y entre el día 181 a 360 te pagan $8.669 mensuales.
Indemnización por término de contrato
La indemnización por término de contrato es un beneficio otorgado al trabajador en función de sus años de servicio y está respaldado por el seguro de cesantía.
Cuando los empleados dependientes alcanzan su séptimo año de trabajo en una empresa, tienen la opción de acordar con su empleador la sustitución de la indemnización legal por una indemnización garantizada en cualquier situación. De esta manera, si el contrato de trabajo llega a su fin por cualquier motivo, el trabajador tiene derecho a recibir esta compensación.
Conoce más detalles de este beneficio AQUÍ.
Fondo de Cesantía Solidario
Es un beneficio diseñado para asegurar un ingreso mínimo a los afiliados de la Administradora de Fondos de Cesantía que carecen de los recursos necesarios en sus cuentas individuales de cesantía al enfrentar la pérdida de su empleo.
La financiación del fondo proviene de una contribución estatal y de un porcentaje de las cotizaciones del empleador. En el caso de los contratos indefinidos, se aporta el 0,8% de la cotización del empleador, mientras que para los contratos a plazo fijo, por obra o faena, el aporte es del 0,2% de la cotización del empleador.
- Estar desempleado en el momento de la solicitud.
- Contar con recursos insuficientes en la cuenta individual de cesantía para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos por la ley.
- Haber realizado 12 cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) durante los 24 meses anteriores al despido, y estas cotizaciones deben haberse realizado antes de la finalización del contrato laboral. El conteo de las cotizaciones comienza desde la fecha de afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes previo al fin de la relación laboral.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- El contrato de trabajo debe haber concluido por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor o cierre del establecimiento o servicio.
- Activar la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.
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