El pasado sábado el Servicio Electoral (Servel) anunció la nómina de vocales de mesa que realizarán esta labor el próximo 17 de diciembre durante el Plebiscito Constitucional de Salida, noticia que no dejó a todos contentos, ya que son varias las quejas de que que nuevamente les tocó realizar esta labor.

Ante esto, ha surgido la duda de cómo excusarte para no ser vocal de mesa y cómo hacerlo, por ello, en RedGol te traemos todos los detalles.

¿Saliste vocal de mesa? Revisa aquí cuánto tiempo tienes para excusarte y cómo hacerlo

Lo primero que debes saber es si efectivamente fuiste seleccionado como vocal de mesa para el próximo Plebiscito, para esto, debes ingresar a consulta.servel.cl y completar con tu RUN (sin puntos y con guion) además del captcha.

Sí efectivamente te sale el mensaje “Vocal de mesa: SÍ (En mesa..)” y no puedes realizar esta labor, es importante que sepas que tienes tres días para realizar tu excusa y no ser vocal de mes el próximo 17 de diciembre, el plazo comenzó hoy lunes 27 y se extenderá por tres días hasta el miércoles 29 de noviembre

Conoce el email al que debes enviarle las excusas correspondientes en www.servel.cl/contacto/juntas-electorales (Foto: Servel)

Conoce el email al que debes enviarle las excusas correspondientes en www.servel.cl/contacto/juntas-electorales (Foto: Servel)

¿Dónde excusarse? Ante la Junta Electoral correspondiente y debe ser por alguna de las causales contempladas en el artículo 44 de la Ley 18.700. ¿Cómo hacerlo? debes enviar un correo electrónico a tu respectiva Junta Electoral, cuyo mail puedes conocer AQUÍ.

¿Cuáles son las excusas permitidas?

  • Estar fuera del país, o a más de trescientos kilómetros del local de votación. También puede ser en una localidad con la que no haya comunicaciones expeditas, lo que será calificado por la Junta.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones encomendadas por la ley.
  • Tener más de setenta años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, lo que deberá ser acreditado con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios ese día, lo que debe acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Estar la mujer en estado de embarazo dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico.
  • Ser extranjero, no vidente, analfabeto o que haya sufrido condena por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público.

¡Ojo! Tampoco pueden ser vocales de mesa las personas que se encuentran con inhabilidad contempladas en el artículo 40 de la Ley 18.700, esto significa:

  • Quienes desempeñen cargos de elección popular.
  • Personas a cargo de los trabajos electorales y de nombramientos de apoderados.
  • Ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores y consejeros regionales.
  • Embajadores y cónsules de Chile.
  • Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia, los jueces que forman parte del Poder Judicial y los de Policía Local.
  • Fiscales del Ministerio Público.
  • Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales (seremis).
  • Contralor General de la República.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo.

Te recordamos que en caso de haber sido desginado vocal de mesa, no excusarte y tampoco asistir, te arriesgas a una multa de entre 2 a 8 UTM, es decir, entre $127.920 a $511.680.

¿Fuiste seleccionado como Vocal de Mesa?

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