Llegó mayo y con ello esperamos el inicio de la restricción vehicular 2024, medida medioambiental que busca disminuir los niveles de contaminación en la atmósfera producida por los automóviles y motocicletas.

Restricción Vehicular 2024: ¿Qué autos no están afectos a la medida medioambiental?

La medida, cuyo inicio oficial se dará este jueves 2 de mayo, tiene como principal novedad que este año se suma la inclusión de las personas TEA a las exenciones, lo que significa que ahora podrán acceder a autorizaciones especiales por parte de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones.

Los otros vehículos con exenciones, según la resolución exenta N° 1308/2023 SRM-RM, son:

  • Vehículos que ingresen a las comunas donde rige la medida desde fuera de Santiago: Los conductores de estos vehículos, sin embargo, deben acreditar su origen para no exponerse a multas.
  • Vehículos pertenecientes a:
    • Carabineros de Chile
    • Policía de Investigaciones
    • Cuerpo de Bomberos
    • Gendarmería de Chile
  • Ambulancias de instituciones fiscales o de establecimientos particulares.
  • Vehículos de transporte de escolares.
  • Vehículos importados por personas con discapacidad o por personas jurídicas sin fines de lucro.
  • Vehículos que presten habitualmente servicios para centros de rehabilitación, hospitales, clínicas u otros centros de salud, para el transporte de personas enfermas o con discapacidad, lo que deberá solicitar y acreditar el centro de salud respectivo.
  • Vehículos de uso particular de personas que padezcan enfermedades que, en razón de sus tratamientos o controles, deban concurrir frecuentemente a centros de salud. Esta situación debe acreditarse detalladamente en la certificación del médico tratante o del centro de salud respectivo.
  • Vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad, lo que deberá acreditarse mediante la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Vehículos a gas.
  • Vehículos eléctricos.
  • Vehículos híbridos.
  • Vehículos destinados habitualmente por empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, para prestar directamente servicios de asistencia, consulta o rescate médico.
  • Vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear en el abastecimiento de material radiactivo a hospitales y clínicas.
  • Coches mortuorios.
  • Vehículos pertenecientes a canales de televisión que se encuentren debidamente equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
  • Vehículos autorizados a circular como parte de proyectos experimentales aprobados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Camiones recolectores de basura.
  • Vehículos que presten servicios de transporte público remunerado de pasajeros, salvo buses rurales e interurbanos, sin sello verde.
  • Vehículos de misiones diplomáticas, consulares y organizaciones internacionales que circulen con placas patentes de gracia (color celeste con relieves en blanco).