El Bono al Trabajo de la Mujer es un beneficio estatal a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y que está destinado a mujeres, de entre 25 y 59 años, que trabajen y pertenezcan al 40% de las familias más vulnerables del país, según el Registro Social de Hogares.

Si recibes actualmente este bono, te invitamos a conocer cuándo es la fecha de pago del mes de abril y si no lo recibes, te invitamos a conocer los requisitos y cómo postular al beneficio.

Dónde ver los resultados del Bono Mujer Trabajadora y cómo recibir el pago de abril

Si recibes el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) o postulaste recientemente y deseas conocer el estado de tu postulación, así como la fecha de pago, el monto y la forma de pago, te invitamos a ingresar al siguiente link e iniciar sesión con tu Clave Única.

Por otro lado, si no has postulado a este beneficio y deseas hacerlo ahora, te invitamos a que hagas clic en el siguiente enlace e inicies sesión con tu Clave Única.

¡Atento! El resultado de tu postulación se puede visualizar en tu Expediente Electrónico del Sistema BTM entre el 9 y 11 del mes respectivo.

¿Qué requisitos exige el Sence para otorgar el Bono al Trabajo de la Mujer?

Para ser beneficiaria de este subsidio, debes cumplir con 2 tipos de requisitos:

1. Para postular (Aún no te hace beneficiaria).

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).

2. Para ser beneficiaria (Recibes el pago).

  • Existen 2 formas de pago;
    • Pago anual: percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
    • Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
  • En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).