El Aguinaldo de Fiestas Patrias es un beneficio que reciben algunos grupos como regalo para enfrentar los gastos extras que se vienen en el mes de septiembre con la celebración del “18″.
Si bien este bono ha ido ganando popularidad años tras años y ahora gran parte de las empresas lo entregan a sus trabajadores, solo dos grupos tienen respaldo legal y de carácter obligatorio, revisa a continuación todos los detalles.
¿Cómo saber si recibo el Aguinaldo de Fiestas Patrias? Dos grupos lo reciben por ley
El Aguinaldo de Fiestas Patrias es de carácter obligatorio en los grupos de empleados públicos y en el de pensionados del Instituto de Previsión Social.
En cuanto al beneficio para trabajadores y trabajadoras del servicio público, su monto para este 2023 se encuentra regulado por la ley n° 21.526, que estableció dos tramos de pago, el primero de $81.196 para trabajadores cuya remuneración líquida (agosto 2023) sea igual o inferior a $943.703 y el segundo de $56.365 a quienes tengan una remuneración que supere los $943.703.
En el caso de los pensionados, el artículo 21 de la ley 21.405 señala que el monto base del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023 corresponderá a $23.261, más $11.933 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023.
¿Qué pasa en el sector privado? Si bien el aguinaldo de Fiestas Patrias no es de carácter obligatorio, el IPS señala que un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
De esta forma, el aguinaldo sí podrá ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.