El Bono Mujer Trabajadora es un beneficio del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) que en el mes de agosto entrega dos tipos de pagos: anual y mensual.

¿Cómo saber qué tipo de pago me toca del Bono Mujer Trabajadora?

Si postulaste al Bono Mujer Trabajadora y deseas ver si te corresponde el pago anual o mensual del beneficio, puedes consultar AQUÍ.

¿Cuándo se deposita el próximo pago del bono?

El pago mensual del Bono Mujer Trabajadora se entregará el jueves 31 de agosto, mientras que el pago anual está agendado para la segunda quincena del mismo mes.

¿Cómo se calculan los montos?

El monto que recibe la beneficiaria depende del tipo de pago (anual o mensual) y de su sueldo.

PAGO ANUAL:

  • Si tu renta anual es igual o inferior a $2.854.125: recibirás desde $1 a $570.825.
  • Si tu renta anual es superior a $2.854.125 e igual o inferior a $3.567.657: recibirás un monto cercano a $570.825.
  • Si tu renta anual es superior a $3.567.657 e inferior a $6.421.781: recibirás desde $570.825 a $1.

PAGO MENSUAL:

  • Si tu renta es igual o inferior a $269.572: Puedes recibir desde $1 a $40.436.
  • Si tu renta es superior a $269.572 e igual o inferior a $336.965: Puedes recibir un monto cercano a $40.436.
  • Si tu renta es superior a $336.965 e inferior a $606.537: Puedes recibir desde $40.436 a $1.

¿Cuáles son los requisitos del bono?

Los requisitos del Bono Mujer Trabajadora son los siguientes:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.278.446 durante el año calendario en que perciban el bono. Para 2023, si las trabajadoras reciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a 606 mil 537 pesos mensuales.
  • Estar al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se les concede el bono.
  • No trabajar en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
  • No registrar solicitudes pendientes como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven