Todos los años la Declaración de Renta suele hacerse entre el 1 al 30 de abril, según las fechas confirmadas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y que seguirán siendo válidas para este 2024.
Revisa cómo hacer este trámite, el plazo que tienes, y dónde puedes declarar renta según lo percibido en 2023.
¿Cómo hacer la Declaración de Renta? Conoce el plazo y dónde se hace trámite en el SII
Desde el 1 de abril puedes declarar renta vía online o también desde tu celular:
- Sitio Web: Accede a este ENLACE que te llevará a la página web oficial del Servicio de Impuestos Internos (SII) e ingresa con tu usuario y clave o ClaveÚnica. Luego, haz clic en “Declarar Renta (F22)” y selecciona el año tributario a declarar (2023). Comprueba que tus datos estén corrector y selecciona “continuar”.
Verifica la información del formulario y haz clic “enviar”, es importante que guardes una copia o imprimas el documento a modo de respaldo.
- Dispositivo móvil: El Servicio de Impuestos Internos (SII) dispuso de una aplicación para celulares llamada “e-Renta”, cuyo fin será facilitar a las personas naturales a declarar su renta de manera fácil y simple.
- iOS: Haz clic AQUÍ para descargarla.
- Google Play Store: Haz clic AQUÍ para descargarla.
- Huawei: Haz clic AQUÍ para descargarla
Una vez que se instale en tu dispositivo móvil solo debes abrirla e ingresar con tu RUT y clave del SII.
Conoce el calendario de la Declaración de Renta 2024
El SII confirmó las siguientes fechas para la declaración de renta en el marco de la Operación Renta 2024:
- Declaración 01 al 08 de abril: Depósito el 26 de abril..
- Declaración 09 al 19 de abril: Depósito el 14 de mayo.
- Declaración 20 al 26 de abril: Depósito el 20 de mayo.
- Declaración 27 al 10 de mayo: Depósito el 28 de mayo.
- Declaración 09 al 30 de abril: F22 con pago.
- Cheque se paga el 30 de mayo: F22 con pago.
¿Quiénes deben declarar renta en 2024?
- Quienes tuvieron un ingreso anual superior a los $10.402.992 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
- Aquellos que tuvieron más de un empleador o pagador.
- Quienes trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para sus cotizaciones previsionales.
- Quienes solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y se pagan cuota(s) correspondiente(s) al 30% del monto solicitado, respectivamente.
- En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de Renta.
- Quienes no estén obligados a declarar renta, pueden hacerlo si es que quieren acceder a algún beneficio tributario, como la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.