A partir de este martes 11 de julio se comenzó a pagar el Subsidio Protege. Este beneficio está dirigido para madres y padres trabajadores que tengan hijos menores de 5 años y que cumplan con los demás requisitos.
Además, este bono es entregado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y en julio se paga a quienes postularon en junio, mayo y abril, aunque hay personas que no lo recibieron pese a cumplir con los requisitos. Revisa cómo puedes apelar.
¿Cómo apelar al Subsidio Protege?
Si postulaste anteriormente al Subsidio Protege, cumplías con los requisitos y no te entregaron el pago de julio debes apelar en el buzón ciudadano del Sence en el siguiente ENLACE con tu RUT y ClaveÚnica, Clave Tributaria o Clave Sence.
En el buzón ciudadano debes seleccionar la opción “Subsidio Protege Apoya” y en la descripción indicar los motivos por los cuales necesitas apelar, además de adjuntar todos los documentos requeridos.
¿Cuáles son los motivos para apelar al Subsidio Protege y qué documentos debo presentar?
Si eres beneficiario del Subsidio Protege, pero no recibiste el pago, puedes revisar la causa en tu expediente en línea: Expediente Protege Apoya en este ENLACE. Existen cinco razones por las que puedes apelar al Subsidio Protege y para cada una de ellas debes adjuntar los siguientes documentos:
1. Pago suspendido de uno o más meses
- Cotizaciones de salud (Isapre o Fonasa según corresponda), este documento es obligatorio.
- Cotizaciones de pensión (AFP u otra institución pagadora de pensión), este documento es obligatorio.
- De corresponder, certificado de remuneración imponible (hay casos en que el certificado de pensión o salud no hace referencia al RUT empleador o pagador de cotizaciones), por lo tanto, este documento es opcional.
- De corresponder, certificado de pensionado indicando que aplica exención de cotizar pensión, este documento es opcional.
2. Concesión no aprobada por no cumplir regla de cotizaciones u Operación Renta
- Trabajador dependiente: Certificado AFP y de salud (12 meses), este documento es obligatorio.
- Para trabajador dependiente: Certifica de renta imponible (12 meses), en caso de que en el certificado de cotizaciones no se encuentre el RUT pagador de cotizaciones, este documento es opcional.
- Trabajador independiente: Certificado de Operación Renta de SII (documento obligatorio) y F22. Periodo y año de los documentos dependerá del mes de postulación:
– Si postulaste entre febrero 2021 – junio 2021: Operación Renta 2020
– Quienes postularon entre julio 2021 – julio 2022: Operación Renta 2021
– Si postulaste a partir del 1º de julio 2022: Operación Renta 2022
3. Concesión no aprobada por no tener tiene hijos menores de 5 años bajo tuición.
- Certificado del Registro Civil con nota al margen indicando tuición del menor de 5 años y RUT de ambos padres, o
- Sentencia judicial o por un equivalente jurisdiccional, por escritura pública o por acta extendida ante un oficial del Registro Civil, donde se constate que se entregó de manera exclusiva el cuidado personal de un niño o niña menor de cinco años.
La tuición o cuidado exclusivo del niño o niña debió ser otorgado al o la postulante antes de realizar la postulación respectiva.
4. Concesión no aprobada por regla de 20 o más trabajadoras (derecho al beneficio de “Sala Cuna”):
- Cotizaciones de salud (Isapre o Fonasa según corresponda), este documento es obligatorio.
- Cotizaciones de pensión (AFP u otra institución pagadora de pensión), este documento es obligatorio.
- De corresponder, certificado de remuneración imponible, en caso en que el certificado de pensión o salud no haga referencia al RUT empleador o pagador de cotizaciones, este documento es opcional.
Te recordamos que, si tu empleador tiene 20 o más colaborados, es este quien tiene la obligación legal de otorgar el beneficio de “Sala Cuna”. Para más detalles puedes consultar con la Dirección del Trabajo AQUÍ.
5. Concesión no aprobada por tratarse de un empleador estatal
- Certificado AFP y de Salud (12 meses).
- Certificado de Operación Renta de SII.
- Certifica de renta imponible (12 meses), en caso de que en el certificado de cotizaciones no se encuentre el RUT pagador de cotizaciones, este documento es opcional.
¿Cuándo podré conocer los resultados de mi apelación?
Una vez que apeles en el buzón ciudadano del Sence, el sistema te asignará un código a tu solicitud, con el que podrás hacer seguimiento a través de este LINK, ya que no existe una fecha exacta en la que te responderán la apelación.
Asimismo, recibirás notificaciones sobre el estado de tu solicitud en tu correo electrónico.
También puedes llamar al Call Center del Sence desde red fija al 4 4236 0155 y desde celulares al *8010. de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas. También puedes solicitar atención mediante videollamada de lunes a viernes, de 09:00 a 17:30 hora en este ENLACE.