El Bono Dueña de Casa, llamado oficialmente Bono de Protección, ha crecido en popularidad en el último tiempo. Y no es de extrañar, puesto que se trata de un beneficio que entrega un monto cercano los $21 mil mensuales.

Lo que muchos no saben sobre este aporte es que no es necesario postular ni realizar ningún trámite para obtener los pagos. Solo basta con cumplir los requisitos para ser beneficiario automáticamente.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Dueña de Casa?

  • Ser una persona o familia usuaria del subsistema Chile Seguridades y Oportunidades.
  • Haber aceptado una invitación a participar de uno de los siguientes programas del subsistema: Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos.
  • Haber firmado la carta de compromiso y el plan de intervención.

Una vez cumplidos estos requisitos, se gestiona el primer pago del Bono Dueña de Casa, que comenzará en una fecha cercana a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial.

Cabe destacar que este este bono se entrega para facilitar la participación de los usuarios en los programas de Chile Seguridades y Oportunidades y es de libre disposición, es decir se puede usar en lo que las familias estimen conveniente.

¿Cómo formar parte de Chile Seguridades y Oportunidades?

Chile Seguridades y Oportunidades es un subsistema que forma parte del Sistema de Protección Social del Ministerio de Desarrollo Social. Busca que las familias y personas accedan a mejores condiciones de vida, a través de la superación de condiciones de pobreza extrema y vulnerabilidades sociales.

Para ser parte del subsistema no es necesario postular, pero sí hay que estar inscrito en Registro Social de Hogares.

Las familias y personas son seleccionadas por el Ministerio de Desarrollo Social según sus características e invitadas a participar.

Chile Seguridades y Oportunidades, regido por la Ley 20.595, brinda apoyo integral y continuo a las personas y hogares más vulnerables, a través de acciones coordinadas de acompañamiento, acceso a servicios y el otorgamiento de prestaciones sociales (bonos y transferencias monetarias) | Foto: www.chileseguridadesyoportunidades.gob.cl

Chile Seguridades y Oportunidades, regido por la Ley 20.595, brinda apoyo integral y continuo a las personas y hogares más vulnerables, a través de acciones coordinadas de acompañamiento, acceso a servicios y el otorgamiento de prestaciones sociales (bonos y transferencias monetarias) | Foto: www.chileseguridadesyoportunidades.gob.cl

¿Cuáles son los montos?

El monto cambia con el tiempo. Tomando en cuenta que el beneficio se paga por hasta 24 meses, esta es la tabla de pagos:

  • Primeros 6 meses: $21.823
  • 7° al 12° mes: $16.608
  • 13° al 18° mes: $11.419
  • 19° al 24° mes: $20.328

Estos valores se reajustan en febrero de cada año, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

¿Cómo se paga el Bono de Protección?

La persona o familia beneficiaria elige la forma en que cobrará el Bono Dueña de Casa. Puede ser de estas dos formas:

  • Depósito electrónico: En la cuenta bancaria del cobrador de la familia o en CuentaRUT que abre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, sin costo para el usuario. En este caso se aplica un subsidio de $700 pesos mensuales que permite al usuario realizar dos giros mensuales y emitir una cartola bancaria.
  • Pago presencial: En la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de BancoEstado correspondiente al domicilio del usuario. Se debe acudir con cédula de identidad.

¿Qué persona de la familia recibe el pago del Bono Dueña de Casa?

El pago se realiza a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

  • 1° prioridad : Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • 2° prioridad: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • 3° prioridad: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • 4° prioridad: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • 5° prioridad: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • 6° prioridad: En caso de que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

¿Conocías el Bono Dueña de Casa antes de leer este artículo?

¿Conocías el Bono Dueña de Casa antes de leer este artículo?

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