A los bolsillos nacionales nunca le viene de más un dinero extra y con la llegada del 2024, un beneficio entrega una importante suma: Bono Desempeño Laboral, el cual está pronto a cancelar la segunda cuota a quienes cumplan con los requisitos para obtener el pago.

Las fiestas de fin de año suelen dejar una herida en la economía personal, por lo cual el dinero del Bono Desempeño Laboral viene como anillo al dedo para palear los gastos heredados del 2023. Este beneficio entrega como máximo 10 UF de acuerdo al valor durante el pasado 1 de diciembre, los eran cerca de 365.000 pesos. Este monto es pagado en dos cuotas a continuación te explicamos cuándo es su fecha de pago y quienes son las personas que podrán recibirlo.

¿Cuándo pagan la segunda cuota del Bono Desempeño Laboral?

La segunda cuota se pagará durante el mes de febrero del 2024. La primera había sido entregada en diciembre del 2023. Cada cuota es de montos iguales, por lo que si el beneficiado le corresponde el máximo (365.000 pesos aprox), ahora obtendrá el pago de 182.500 aprox.

¿Quiénes reciben el pago de este beneficio?

Los beneficiados son los asistentes de la educación que se desempeñen en establecimientos de educación parvularia dependientes de municipalidades (DAEM-DEM), corporaciones municipales y Servicios Locales de Educación Pública. Para el Bono Desempeño Laboral los asistentes de la educación son:

  • Educadores de párvulo: solo si su establecimiento educacional aún no es parte del Sistema de Desarrollo Profesional Docente.
  • Tecnicos en párvulos.
  • Auxiliares de servicio.
  • Profesionales de la educación que no cumplen función docente.
  • Estamentos administrativos de apoyo.

¿Cuál es el monto que me corresponde?

Este beneficio entrega como máximo el pago de 10 UF, pero no todos reciben lo mismo. Existe una base de 6 UF, pero luego el pago de las restantes 4 UF está condicionado a diversas variables como:

  • Antiguedad en el sistema
  • Nivel escolaridad asistente
  • Asistencia de párvulos

Vale recordar que este beneficio no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable. Además, tampoco estará afecto a descuento alguno y no será considerado como un subsidio.

¿Cómo se realizan los pagos del Bono Desempeño Escolar?

El dinero es transferido por JUNJI a los sostenedores, quienes son los que realizan el pago a los beneficiados. Estos montos son transferidos en base a los datos que los mismos sostenedores entregan de cada asistente, los cuales deben estar correctos y actualizados para evitar errores en las transferencias.

¿Qué debo hacer si no recibí el beneficio?

La ley permite la posibilidad de establecer un recurso de reposición, el cual debe realizarse en los 5 días siguientes a la publicación de la nómina de beneficiarios en el diario oficial.

La solicitud de reposición la realiza el asistente ante el respectivo sostenedor, quien presentará oficialmente el recurso ante la Subsecretaria de Educación Parvularia mediante una planilla Excel que podrá ser descargada desde el sitio web de la subsecretaria, la cual tendrá que ser enviada al mail bdl.parvularia@mineduc.cl.

¿Te corresponde el Bono Desempeño Laboral?

¿Te corresponde el Bono Desempeño Laboral?

YA VOTARON 0 PERSONAS