El Subsidio de Emergencia Laboral es un beneficio estatal que consiste en un aporte para empresas que tiene como objetivo ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tiene riesgo de perder su trabajo producto de una catástrofe y que en específico se está usando para los afectados de la catástrofe del Sistema Frontal que afectó recientemente a varias regiones del país.

Así puedes postular al Subsidio a la Retención Laboral: Requisitos

Según señala el sitio web gubernamental, para postular a este beneficio las empresas deberán ingresar con su Rut y clave tributaria al sistema habilitado en el sitio del subsidio al empleo y completar la siguiente documentación:

  • Aceptar las condiciones del subsidio a través de una Declaración jurada simple, provisto por la plataforma antes indicada.
  • Registrar el listado de personas trabajadoras que mantenían una relación laboral vigente al momento del siniestro en el formulario online. 
  • Cargar los contratos de trabajo de las personas individualizadas que debe contener el establecimiento específico en el cual se desempeñan. Si no se dispone de esta información será necesario firmar y cargar una declaración jurada por los contratos.
  • Cargar certificado de pago de cotizaciones previsionales de las personas individualizadas relativas al periodo de remuneraciones inmediatamente anterior al mes del siniestro.

Vale aclarar que basta con postular una vez al beneficio porque el Sence mes a mes verificará el cumplimiento de los requisitos para realizar el pago.

Calendario de postulación

El calendario de postulación del subsidio de retención laboral es el siguiente:

  • Postulaciones de julio serán pagadas el 15 de agosto (máximo de cuotas a recibir: 5)
  • Las de agosto serán pagadas el 15 de septiembre (máximo de cuotas a recibir: 4)
  • Las de septiembre serán pagadas el 15 de octubre (máximo de cuotas a recibir: 3)

¿Cuáles son los requisitos para recibir el subsidio al empleo por el sistema frontal?

Los requisitos para recibir el subsidio al empleo por catástrofe producida debido al intenso sistema frontal de junio son los siguientes:

  • Ser una empresa que tribute en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pertenecer a pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
  • Haber sido afectadas por los temporales en las localidades afectadas y cuya condición de afectación, se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.
  • Mantener una relación laboral al mes anterior del siniestro. Una vez concedido el beneficio se debe mantener continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por la persona trabajadora individualizada.

¿Qué regiones se encuentran dentro del subsidio al empleo por el sistema frontal?

Las regiones que se encuentran dentro del subsidio al empleo son las de Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana.

Si deseas más información con respecto a este beneficio, podrás consultar aquí.