El Servel ya informó la nómina de vocales de mesa designados para la elección del Consejo Constitucional el domingo 7 de mayo. Para saber quiénes son designados se debe ingresar a consulta.servel.cl y consultar con el RUT.

Desde el Servel señalaron que “quienes no puedan cumplir con este rol, tienen un período de excusas ante las mismas Juntas Electorales entre el 17 y 19 de abril y finalmente el sábado 22 de abril se podrá conocer el listado definitivo de vocales reemplazantes”.

¿Quiénes se puede excusar de ser vocales de mesa?

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico.
  • También se considerará dentro de esta causal al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras. Esta circunstancia deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial que deberá ser otorgada gratuitamente, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste la calidad de receptor del estipendio en el caso de cuidadores de personas con discapacidad.

¿Cómo excusarse para no ser vocal de mesa?

Las excusas se presentan ante las Juntas Electorales, por medio de un reclamo.

Aquello se puede realizar presencialmente en la Junta Electoral correspondiente al local de votación o también por medio de un correo electrónico, explicando los motivos (Revisa AQUÍ los datos de las Juntas Electorales).