El lunes 24 de abril se inició el nuevo juicio oral contra Martín Pradenas Dürr, por siete delitos sexuales y condenado en primera instancia a 20 años de presidio, aunque dicha sentencia fue anulada. En la segunda audiencia desarrollada ayer martes, el acusado rompió su derecho a guardar silencio y desconoció los delitos que se le imputan.
Son cinco los casos de abusos sexuales y otras dos violaciones las que se le imputan. Uno de los casos de violación, Pradenas lo calificó como un “malentendido”. Según información publicada por La Tercera, el acusado señaló que “tuvimos sexo oral mutuo” y que, luego que la víctima contara que fue atacada, él la contactó para, supuestamente, “aclarar este malentendido”. Además de desconocer el caso, alegó que “llevo tres años preso por algo que no hice”.
También descartó otro de los casos, señalando que habría ocurrido en medio de festejos en un local, en donde habría existido un excesivo consumo de alcohol. “No me acuerdo de todo esto que se me está acusando, partí tomando bien temprano y seguí durante la noche”, señaló sobre uno de los ataques que le imputan.
Otro de los ataques, supuestamente cometido en Temuco el 2013, también lo negó, indicando que en ese momento se encontraba trabajando en otra ciudad.
Fiscalía apunta a “omisiones” de Pradenas
El fiscal Miguel Rojas señaló que las declaraciones de Pradenas “No se trata de antecedentes nuevos”. Según el persecutor, “hubo, a nuestro entender, algunas omisiones que quedaron claras a lo largo del desarrollo de esta audiencia, pero mayores conclusiones las vamos a exponer en la oportunidad procesal correspondiente”, sostuvo.
“Se trata de elementos que ya constaban en la carpeta investigativa, no son antecedentes nuevos para la fiscalía y en caso alguno cambia la postura de la fiscalía en cuanto a que el imputado cometió cada uno de los delitos que hemos señalado en nuestra acusación”, añadió el persecutor.
Martín Pradenas Dürr fue sentenciado en agosto del 2022 a 20 años de presidio por los siete delitos sexuales que se le imputan; sin embargo, la Corte Suprema anuló la condena por publicaciones emitidas por el juez Leonel Torres Labbé en contra del imputado mientras se desarrollaba el juicio oral.